Hermoso departamento 4 ambientes con lavadero en Amenábar y Congreso, en el barrio de Nuñez. Tres dormitorios con pisos de parquet plastificado y amplios placares con puertas corredizas. Dormitorio principal con aire acondicionado y salida a balcón al frente con red de protección, segundo dormitorio con aire acondicionado y ventana al frente y tercer dormitorio con vista lateral. Living comedor con blacón francés, vista lateral y red de protección, piso de parquet plastificado y aire acondicionado. Amplia cocina y lavadero independientes. Toilette de recepción con placard de puerta corrediza espejada. Baño principal completo. Baulera. 78 m2 cubiertos aproximados. Muy luminoso y con buena ventilación. Edificio de 50 años aprox, de categoría.
Expensas (marzo 2024) $ 112.000.- CONTRATO 24 MESES CON AJUSTE TRIMESTRAL X IPC.
Colectivos de línea 29, 41, 57, 59, 60, 68, 107, 114, 130, 133, 151, 152, 161, 168 , 169, 184 y 194 Subte línea D, estación Congreso de Tucumán.
Información importante: Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Diego H. Gutman | CUCICBA Matrícula Nº6889
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como inaccesible.
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias .