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36 Terrenos en venta en La Perla, Mar del Plata

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USD 430.000

449 m² tot.

Salta 1254

La Perla, Mar del Plata

Venta de propiedad en Block. No cuenta con sub-división. Escritura única. Cuenta con 2 locales a la calle. Uno amplio y otro de menores medidas. Entrada individual hacia 2 construcciones, siendo una de ellas, una casa/chalet en planta alta (primer piso a la calle) y la otra, una casa al fondo, en planta baja. Todas las construcciones mencionadas, están emplazadas sobre un lote propio de 10, 39 M por 43, 30 M. Conformando un total para el lote, de 449, 88 M2. La propiedad se encuentra ubicada en el Barrio La Perla. Calle Salta N°1250/56 (vereda par/de sol). Es calle Salta entre 11 de Septiembre y 3 De Febrero. A 4 cuadras y media de Plaza España y a 5/6 cuadras de la costa. Según el C. O. T. Se designa como zonificación R1 (Detalles de las posibles opciones de construcción en la M. G. P. Y un adelanto/parte de ello, al final de la descripción). Ideal para inversores/desarrolladores. Por consultas comunicarse al Cel. Ver datos. Paulo Arroyo Propiedades. Reg. 3877. Distrito residencial R1. Caracter: Zona destinada a la localización de uso residencial de densidad alta con viviendas individuales y colectivas. - delimitación: Según plano de zonificación. - subdivision: - Unidad Mínima de Parcela: Frente mínimo de treinta metros (30. 00m) y superficie mínima de novecientos metros cuadrados (900m2). Indicadores básicos: - F. O. S. Máximo sobre cota de parcela: 0. 6. - F. O. T. Máximo uso residencial: 2. 5. - F. O. T. Máximo otros usos: 2. - Densidad poblacional neta máxima: 1. 000 hab/Ha. (0. 10 hab/m2) - Incremento de F. O. T. Y Densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%. - espacio urbano: Deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondiente. El centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcela. - usos permitidos: Además del uso residencial, se permiten los usos indicados en los cuadros del Capítulo 5. - tipología edilicia: Se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre (con o sin basamento). - disposiciones particulares: a) edificios entre medianeras. Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3. - Plano límite: planta baja y 8 pisos superiores frente a calle y planta baja y 10 pisos superiores frente a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente. -

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