Departamento · 105m² · 4 ambientes
venta
USD 167.000
Expensas $ 120.000
Esta propiedad cumple con: Apto crédito.
Martin y Omar al 100, San Isidro, San Isidro
Departamento Duplex, 4 Ambientes, Cerca de Avda. Libertador y Estación de San Isidro.
Luminoso departamento en dúplex de 4 ambientes ubicado en un primer piso por escalera dentro de una Propiedad Horizontal.
Cuenta con de 105 mts totales distribuidos en dos plantas, con ambientes cómodos y funcionales.
PB : Amplio living comedor, cocina independiente con comedor diario o espacio de playroom, y un baño .
PA,: Tres dormitorios con un baño completo.
El edificio cuenta con 8 unidades por piso .
Ubicado a metros de la Estación de tren de San Isidro y con acceso inmediato a avenidas, comercios , colegios y transporte publico.
Una opción ideal para quienes buscan comodidad , conectividad y vida de barrio.
Apto Crédito .Una oportunidad única para vivir en el corazón de San Isidro con todo a mano.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Cuenta con de 105 mts totales distribuidos en dos plantas, con ambientes cómodos y funcionales.
PB : Amplio living comedor, cocina independiente con comedor diario o espacio de playroom, y un baño .
PA,: Tres dormitorios con un baño completo.
El edificio cuenta con 8 unidades por piso .
Ubicado a metros de la Estación de tren de San Isidro y con acceso inmediato a avenidas, comercios , colegios y transporte publico.
Una opción ideal para quienes buscan comodidad , conectividad y vida de barrio.
Apto Crédito .Una oportunidad única para vivir en el corazón de San Isidro con todo a mano.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.