Departamento · 60m² · 3 ambientes · 1 cochera
alquiler
$ 1.250.000
Expensas $ 240.000
Felipe Vallese 400, Caballito, Capital Federal
Felipe Vallese 400 - 3 Ambientes C/ Balcón y Cochera - Caballito
Living - 2 Dormitorios c/ Placard - Balcón - Aplia Cocina c/ Lavadero incorporado - Baño completo c/ ventilación directa.
Cochera fija y cubierta-
Muy luminoso y ventilado.
Transportes Cercanos
Colectivos: 15, 36, 42, 55, 65, 84, 92, 99, 104, 105, 106, 119, 124, 135, 141, 146, 172, 181
Requisitos: Garantía de CABA e Ingresos comprobables.
No se admiten mascotas.
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VREMONT Treus
Matricula CUCICBA 6830
Corredor Inmobiliario: Matias Treus Peciar.
-
-En el cumplimiento de la ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial.
-Ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales. Los agentes no ejercen el corretaje inmobiliario.
-Ley 5859 - Art. 4: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".
-Ley 5115 – Art. 1: El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades físicas reducidas. (Salvo que en la descripción figure lo contrario)
-Se deja constancia que las medidas, superficies y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación y/o ajuste. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso.
Cochera fija y cubierta-
Muy luminoso y ventilado.
Transportes Cercanos
Colectivos: 15, 36, 42, 55, 65, 84, 92, 99, 104, 105, 106, 119, 124, 135, 141, 146, 172, 181
Requisitos: Garantía de CABA e Ingresos comprobables.
No se admiten mascotas.
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VREMONT Treus
Matricula CUCICBA 6830
Corredor Inmobiliario: Matias Treus Peciar.
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-En el cumplimiento de la ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial.
-Ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales. Los agentes no ejercen el corretaje inmobiliario.
-Ley 5859 - Art. 4: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".
-Ley 5115 – Art. 1: El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades físicas reducidas. (Salvo que en la descripción figure lo contrario)
-Se deja constancia que las medidas, superficies y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación y/o ajuste. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso.
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