Departamento · 36m² · 1 ambiente
alquiler
$ 650.000
Expensas $ 110.000
Av Rivadavia al 6100, Caballito, Capital Federal
Departamento en Alquiler en Caballito
Se trata de un edificio entre medianeras de 14 pisos, compuesto por 64 unidades de vivienda “APTO PROFESIONAL” ,con amenities en piso 14°. En Planta Baja se ubica un local comercial cuenta ,además,
Monoambiente con balcón al frente, orientación norte.
REQUISITOS: Garantía de CABA o Sistema FINAER- Ingresos demostrables.
"Se deja constancia que las medidas y superficies indicadas en el presente son aproximadas y sujetas a verificación, variación y/o ajuste. El monto de expensas fue proporcionado por el propietario al momento de autorizar la venta y las mismas pueden haber sufrido modificaciones a la fecha.".
LEGAL
Ley 5859 Art. 4 - CABA
Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.
VREMONT Daniel Amado
Doblas 312 - CABA
PROPIEDADES EN URUGUAY
Móvil Uruguay : 5
Mail:
PROPIEDADES EN ARGENTINA
Tel: /
Móvil: +549 11
Mail:
Monoambiente con balcón al frente, orientación norte.
REQUISITOS: Garantía de CABA o Sistema FINAER- Ingresos demostrables.
"Se deja constancia que las medidas y superficies indicadas en el presente son aproximadas y sujetas a verificación, variación y/o ajuste. El monto de expensas fue proporcionado por el propietario al momento de autorizar la venta y las mismas pueden haber sufrido modificaciones a la fecha.".
LEGAL
Ley 5859 Art. 4 - CABA
Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.
VREMONT Daniel Amado
Doblas 312 - CABA
PROPIEDADES EN URUGUAY
Móvil Uruguay : 5
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Tel: /
Móvil: +549 11
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