Departamento · 50m² · 2 ambientes · 1 cochera
alquiler
$ 990.000
Expensas $ 170.000
Emilio Mitre al 200, Caballito, Capital Federal
Departamento de 2 Ambientes con Cochera - Caballito
Semipiso de 2 Ambientes con Cochera en Caballito.
Excelente ubicación: Emilio Mitre, entre Valle y Hualfin
Se alquila sin mascotas
• Contrafrente muy luminoso y soleado
• Living comedor amplio con pisos de madera natural
• Hermoso balcón con acceso desde living y cocina
• Cocina independiente con lavadero incorporado
• Dormitorio con placar
• Placar auxiliar en circulación
• Baño completo con bañera y ventana al exterior
• Cochera fija y semi-cubierta
• Agua caliente por Calefón a gas
• Panel calefactor eléctrico instalado en living (Dormitorio sin artefacto de calefacción en funcionamiento)
• Edificio con encargado permanente
• Expensas período abril 2026 con vencimiento en mayo 2026 = $,12
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Juan Cruz Daniel Bucchiuni, Matrícula Corredor Inmobiliario 9823 Tomo 2 Folio 66
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-
Excelente ubicación: Emilio Mitre, entre Valle y Hualfin
Se alquila sin mascotas
• Contrafrente muy luminoso y soleado
• Living comedor amplio con pisos de madera natural
• Hermoso balcón con acceso desde living y cocina
• Cocina independiente con lavadero incorporado
• Dormitorio con placar
• Placar auxiliar en circulación
• Baño completo con bañera y ventana al exterior
• Cochera fija y semi-cubierta
• Agua caliente por Calefón a gas
• Panel calefactor eléctrico instalado en living (Dormitorio sin artefacto de calefacción en funcionamiento)
• Edificio con encargado permanente
• Expensas período abril 2026 con vencimiento en mayo 2026 = $,12
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Juan Cruz Daniel Bucchiuni, Matrícula Corredor Inmobiliario 9823 Tomo 2 Folio 66
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-
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