Terrenos · 335m²
venta
USD 395.000
Jose Marti al 200, Flores, Capital Federal
Terreno Venta en Flores a m de Alberdi 8.66x26 m
Lote de 8,66 x 26 METROS
. Tipo de manzana: TípicaEdificabilidad
. Unidad de Edificabilidad / Corredor: Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta | U.S.A.A (Ley 6361 Art. 6.2)
. Altura Máxima: 22,8mts (Ley 6361 Art. 6.2)
. Perfil Edificable: Ley 6361 Art. 6.3, 6.3.1 y 6.3.1.1
Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable | Plusvalía. Zonificación según CPU: R2a II
. Superficie de Parcela: 220 m²
. FOT: 3,47
Se destaca su punto de ubicación estratégico a mts de Avenidas Juan B Alberdi, Avda. Directorio, Av. Rivadavia y Av. San Pedrito. Dos cuadras terminal de Subte línea A, que traslada al centro de la Ciudad con múltiples combinaciones de distintas líneas. Es como vivir en un barrio cerrado, pero dentro de la Ciudad. Colegios, transporte, comercios y todo lo que uno necesita al alcance.
AVISO: Se deja constancia que las características descritas del inmueble ofrecido en esta publicación, sus calidades, cualidades de construcción y funcionales, los valores y detalles de expensas, impuestos, servicios, medidas y/o superficies, son aproximados, habiendo sido proporcionados por el propietario y que pueden no ser exactos y/o no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso, pudiendo tal vez surgir discordancias con los datos que surgen de la documentación respectiva. Las medidas y superficies exactas son las que surgen de los títulos y planos legales del inmueble. Las imágenes publicadas lo son al mero efecto orientativo de las características generales y circunstancias del inmueble en el momento en que han sido tomadas, pudiendo las mismas diferir del estado y circunstancias actuales del mismo. Asimismo, los mobiliarios, accesorios, elementos, etc, que se visualicen en las imágenes publicadas no integran la oferta de venta. En todos los casos el interesado deberá realizar una visita al inmueble y efectuar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo la documentación que corresponda. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general No 2371 de la AFIP (pedido de COTI).- Según art. 1 de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como no accesible.
. Tipo de manzana: TípicaEdificabilidad
. Unidad de Edificabilidad / Corredor: Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta | U.S.A.A (Ley 6361 Art. 6.2)
. Altura Máxima: 22,8mts (Ley 6361 Art. 6.2)
. Perfil Edificable: Ley 6361 Art. 6.3, 6.3.1 y 6.3.1.1
Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable | Plusvalía. Zonificación según CPU: R2a II
. Superficie de Parcela: 220 m²
. FOT: 3,47
Se destaca su punto de ubicación estratégico a mts de Avenidas Juan B Alberdi, Avda. Directorio, Av. Rivadavia y Av. San Pedrito. Dos cuadras terminal de Subte línea A, que traslada al centro de la Ciudad con múltiples combinaciones de distintas líneas. Es como vivir en un barrio cerrado, pero dentro de la Ciudad. Colegios, transporte, comercios y todo lo que uno necesita al alcance.
AVISO: Se deja constancia que las características descritas del inmueble ofrecido en esta publicación, sus calidades, cualidades de construcción y funcionales, los valores y detalles de expensas, impuestos, servicios, medidas y/o superficies, son aproximados, habiendo sido proporcionados por el propietario y que pueden no ser exactos y/o no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso, pudiendo tal vez surgir discordancias con los datos que surgen de la documentación respectiva. Las medidas y superficies exactas son las que surgen de los títulos y planos legales del inmueble. Las imágenes publicadas lo son al mero efecto orientativo de las características generales y circunstancias del inmueble en el momento en que han sido tomadas, pudiendo las mismas diferir del estado y circunstancias actuales del mismo. Asimismo, los mobiliarios, accesorios, elementos, etc, que se visualicen en las imágenes publicadas no integran la oferta de venta. En todos los casos el interesado deberá realizar una visita al inmueble y efectuar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo la documentación que corresponda. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general No 2371 de la AFIP (pedido de COTI).- Según art. 1 de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como no accesible.
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