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Terrenos · 9700m²

venta USD 1.150.000

Bv. de Los Rusos al 5300, Los Boulevares, Córdoba

Mapa
  • 9700 m² tot.
  • A estrenar

Terreno en Venta Apto Housing/industrial de Una Hectárea Zona Norte

Gran terreno en venta en barrio Los Boulevares/ limite con Villa Claret, justo detrás del geriátrico Casa Sabia.
Se trata de 4 fracciones de tierra con escrituras independientes que totalizan 9700m2.
La ubicación es estratégica dado que es tanto apta para desarrollo de unidades colectivas (una unidad cada 100m2) como para desarrollo industrial, con un FOS de 0,70, FOT 1, Patron Industrial IIIa/ ZONA G1.
Se trata de una propiedad en un entorno excelente para ambos tipos de desarrollo, totalmente tapiada, cerrada en un lateral por el ex convento (hoy Casa Sabia) hacia Padre Claret, lateral sur cerrado con servidumbre de paso por tira de dúplex, hacia el norte se encuentran dos grandes naves (panificadora San Alfonso y distribuidora de Arcor), o al Oeste un espacio verde.
Fracción única dentro de Córdoba, a dos minutos de circunvalación y 100 metros de Bv. Los Alemanes.
Precio 120 dol x m2.

ZONA G1

Art. 56°.- “LA presente Zona se regirá por las siguientes disposiciones:

1. Carácter Urbanístico:
Zona de ubicación periférica, destinada a consolidarse básicamente con, un uso diferencial de baja densidad, con vivienda individual y/o individual agrupada donde se alienta la ocupación de los espacios libres ya urbanizados, mediante planes de vivienda colectiva con intensidades de edificación diferenciadas y formas de ocupación armónicas con el entorno. Medias y mínimas restricciones al asentamiento de actividades industriales o asimilables. Actividades de servicio orientadas a la población barrial.

2. Delimitación: Según plano de Zonificación.

3. Ocupación y Edificación:
a) Factor de Ocupación del Suelo (F.O.S.) máximo: 70 % (setenta por ciento) pudiendo admitirse una ocupación de hasta el 80 % (ochenta por ciento) solo para los casos en que la dimensión del lote no alcance la superficie mínima establecida por Ordenanza N° 8060/85.
b) Factor de Ocupación Total (F.O.T.) Máximo: 1 (uno).
c) Altura máxima de edificación: 10,50 m (diez metros con cincuenta centímetros) correspondiéndole un desarrollo de planta baja y como máximo hasta 2 (dos) plantas elevadas.
d) Retiros de Línea de Edificación: de frente: según Artículo 9o de la
Ordenanza 8256/86.
4. Número Máximo de Unidades de Vivienda por Parcela:
1 (una) cada 100 m2 (cien metros cuadrados) de superficie de parcela.

5. Disposiciones relativas a Planes de Vivienda:
Los planes de vivienda a materializarse en la presente Zona deberán respetar las disposiciones de los puntos 1 a 4, sin perjuicio de la observancia de las siguientes disposiciones Específicas
a) Podrán materializarse total o parcialmente con cualquiera dé los tipos de vivienda regulados en la presente.
b) En cualquiera de los casos en que se materializara con vivienda individual agrupada el número máximo de unidades funcionales por parcela será de 1 (una) cada 140 m2 (ciento cuarenta metros cuadrados) de superficie de parcela, la superficie de terreno propia de uso exclusivo no inferior a los 120,00 m2 (ciento veinte metros cuadrados).
c) Normas de ocupación y edificación para viviendas colectivas: Factor de
Ocupación del Suelo (F.O.S.) máximo: 60 % (sesenta por ciento).
d) Cuando se localicen en parcelas que superaren los 10.000 m2 (diez mil metros cuadrados) de superficie o en manzanas completas (y siempre que la parcela o manzana de que se trate siendo parte de una urbanización existente o sea la totalidad de la infraestructura exigida para la zona por normas en vigencia) serán de aplicación las siguientes normas:
d. 1.) Planes de hasta 500 viviendas:
Podrán materializarse total o parcialmente con cualquiera de los tipos de viviendas reguladas por la presente.

d.2.) Planes de más de 500 viviendas:

Podrán materializarse totalmente con vivienda individual y/o individual agrupada, o con vivienda individual y/o agrupada y colectiva. En este último caso, solo se autorizarán con la condición de que del total de las viviendas proyectadas un mínimo del 25% (veinticinco por ciento) sean de tipo individual y/o individual agrupada con una tolerancia, en menos, de hasta un 10% (diez por ciento) de dicha cantidad.
d.3.) Normas de Ocupación y Edificación:
Factor de Ocupación del Suelo (F.O.S) máximo 60% (sesenta por ciento) Altura de edificación máxima: 10,50 (diez con cincuenta) metros correspondiéndole un desarrollo de planta baja y como máximo hasta 2 (dos) plantas elevadas” (Ord ).-

AVISO: Propiedad con intermediación de Emanuel Caruso CPI 4589 y Federico Mondino CPI 7231.
La información contenida en esta publicación es meramente referencial, los datos publicados no constituyen oferta alguna estando sujetos a disponibilidad y a la confirmación de el/los propietario/s por lo que sus términos no son vinculantes y pueden variar sin previo aviso. Los datos y valores contenidos en la publicación NO incluyen los gastos que represente la operación inmobiliaria como por ejemplo gastos de escribanía por escritura o boleto de compra venta, timbrado de boleto, comisión inmobiliaria, gastos de posesión o cualquier otro gasto que se derive de la operación y deba ser afrontado por la parte compradora.
Los interesados deberán contactarse por los medios publicados para informarse sobre las condiciones de la oferta y poder avanzar con las gestiones tendientes a la concreción de la operación inmobiliaria.
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