Departamento · 60m² · 3 ambientes
alquiler
$ 1.100.000
Expensas $ 400.000
Dorrego 2700, Palermo, Capital Federal
Dorrego 2700.excelente 3 Ambientes/ Depcias. Vista a Jardines. Seguridad 24 Hs.
Excelente Semipiso de 3 Ambientes con dependencias al Frente con Vista a Jardines. Estratégicamente ubicado en una manzana privilegiada, a pasos Av. Luis Maria Campos y Dorrego con excelentes accesos, y trasporte público (subte y varias líneas de colectivos).
Próximo a Cañitas en una zona de pub, bares y los restaurantes más trendy de Buenos Aires.. Una locación incomparable por la variedad de comercios, áreas verdes, parques y plazas.
* Impecable Unidad al Frente, de excelente nivel constructivo, detalles de buen gusto y confort.
* Amplio Living Comedor con salida a balcón al Noreste y vista a la copa de los árboles.
* Dormitorio principal y segundo dormitoirio al frente, ambos con placards de pared a pared.
* Balcón con cerramiento de aluminio.
* Puerta de Servicio.
* Cocina con profusión de alacenas.
* Lavadero separado.
* Baño Principal y Toilette.
* Pisos de parquet de excelente calidad.
* Calefacción.
* Gas natural.
* Edificio de muy buen nivel constructivo, con gran hall de entrada.
* Vigilancia 24 hs.
* Dos ascensores con puertas totalmente automáticas.
* Acceso para discapacitados.
* Expensas $ 130.000.- con Aysa incluida.
NO SE ACEPTAN MASCOTAS!!!!!!
CONTRATO POR DOS AÑOS.
REQUISITOS: GARANTIA PROPIETARIA. INGRESOS COMPROBABLES.
CUCICBA Matrícula Nº 3067 María Mónica Fernández
LEY 5859 – ART. 5
“Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente
al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”
Ley 2340 Art. 10 inciso 8
Deberes de los corredores Inmobiliarios
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. (Incorporado por el Art. 4º de la Ley Nº 5.859, BOCBA N° 5208 del 08/09/2017)
Ley 5115
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Próximo a Cañitas en una zona de pub, bares y los restaurantes más trendy de Buenos Aires.. Una locación incomparable por la variedad de comercios, áreas verdes, parques y plazas.
* Impecable Unidad al Frente, de excelente nivel constructivo, detalles de buen gusto y confort.
* Amplio Living Comedor con salida a balcón al Noreste y vista a la copa de los árboles.
* Dormitorio principal y segundo dormitoirio al frente, ambos con placards de pared a pared.
* Balcón con cerramiento de aluminio.
* Puerta de Servicio.
* Cocina con profusión de alacenas.
* Lavadero separado.
* Baño Principal y Toilette.
* Pisos de parquet de excelente calidad.
* Calefacción.
* Gas natural.
* Edificio de muy buen nivel constructivo, con gran hall de entrada.
* Vigilancia 24 hs.
* Dos ascensores con puertas totalmente automáticas.
* Acceso para discapacitados.
* Expensas $ 130.000.- con Aysa incluida.
NO SE ACEPTAN MASCOTAS!!!!!!
CONTRATO POR DOS AÑOS.
REQUISITOS: GARANTIA PROPIETARIA. INGRESOS COMPROBABLES.
CUCICBA Matrícula Nº 3067 María Mónica Fernández
LEY 5859 – ART. 5
“Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente
al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”
Ley 2340 Art. 10 inciso 8
Deberes de los corredores Inmobiliarios
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. (Incorporado por el Art. 4º de la Ley Nº 5.859, BOCBA N° 5208 del 08/09/2017)
Ley 5115
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
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