Departamento · 48m² · 2 ambientes · 1 cochera
alquiler
$ 1.100.000
Expensas $ 320.000
Av Directorio al 1200, Caballito, Capital Federal
Departamento de 2 Ambientes con Cochera en Caballito
Departamento de 2 Ambientes con Cochera en Caballito
Av. Directorio, entre Puan y Hortiguera
Edificio con SUM con Parrilla más Terrazas con Parrillas al aire libre - Laundry
No se aceptan mascotas.
• Balcón corrido al frente
• Living comedor amplio con salida a balcón
• Cocina integrada mediante barra desayunadora
• Artefacto de cocina a gas
• Conexión para lavarropas en cocina
• Toilet de recepción
• Dormitorio con placard en Suite
• Baño principal con bañera integrado al dormitorio
• Caldera individual dual, para agua caliente y calefacción por losa radiante
• Aires acondicionados tipo Split
• Cochera Fija y cubierta en planta baja
• Expensas período julio 2026 con vencimiento en agosto 2026: $ con cochera incluida
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Hugo Roberto Torres, CUCICBA Matrícula Nº943 | Lucas Mariano Torres, CUCICBA Matrícula Nº8357
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-
Av. Directorio, entre Puan y Hortiguera
Edificio con SUM con Parrilla más Terrazas con Parrillas al aire libre - Laundry
No se aceptan mascotas.
• Balcón corrido al frente
• Living comedor amplio con salida a balcón
• Cocina integrada mediante barra desayunadora
• Artefacto de cocina a gas
• Conexión para lavarropas en cocina
• Toilet de recepción
• Dormitorio con placard en Suite
• Baño principal con bañera integrado al dormitorio
• Caldera individual dual, para agua caliente y calefacción por losa radiante
• Aires acondicionados tipo Split
• Cochera Fija y cubierta en planta baja
• Expensas período julio 2026 con vencimiento en agosto 2026: $ con cochera incluida
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Hugo Roberto Torres, CUCICBA Matrícula Nº943 | Lucas Mariano Torres, CUCICBA Matrícula Nº8357
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-
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