• General Pueyrredón

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39 Departamentos Estándar en alquiler en General Pueyrredón, Córdoba

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Super destacado

$ 470.000

$ 73.000 Expensas

40 m² tot.1 dorm.1 baño

Gral.guemes al 900

General Pueyrredón, Córdoba

Departamento ubicado sobre calle gral. guemes al 900 - calle doble mano entre armenia Y garay- excelente entorno - muy tranquilo - zona de colegios - clínicas – hospitales - bancos Y supermercados - A cuadras de las calles roma Y viamonte como principales arterias de la zonadescripciónla unidad se posiciona en un primer piso frente por escaleras Y se distribuye en: espacioso estar comedor, pisos de cerámico, puerta ventana con salida A balcón con asador - cocina separada con ventilación natural, bajo mesada Y disposición para lavarropas - baño completo con ducha Y botiquín - dormitorio de dimensiones generosas con respectivo placard E interiores. el precio del alquiler mensual es de $470. 000, contrato por dos años con ajustes trimestrales en base A indice (ipc). gastos mensuales aproximados al día de la fecha: expensas. ($73. 000). impuestos + servicios (agua corriente - energía eléctrica - gas natural - internet - etc.) A consumo particular. para mayor información Y ver otras alternativas, te invitamos A que visites nuestra pagina web. Ledesma Servicios Inmobiliarios (cpi 4395) - Comercializa las Propiedades en Alquiler con la correspondiente autorización del/los propietario/s: El propietario se reserva el Derecho de Contratación. Gastos de Contratación: Comisión Inmobiliaria Según Art: 1. 351 del C. Cy C. N En las locaciones de Inmuebles Urbanas la Intermediación solo podrá estar a cargo de un Profesional Matriculado para ejercer el corretaje Inmobiliario conforme la Legislación local Según Ley Provincial 9. 445 - Art 25 Inciso "C" En Locaciones Urbanas el 5% Del Total Del Contrato (24 Meses) a Cargo del Locatario - Timbrado Bancario (según Ley Impositiva vigente) - Condiciones: Como Requerimiento al momento de la Celebración del Contrato Las partes involucradas (Locatario/os y Garante/es Fiador/es) deberán certificar las firmas ante escribano publico, y en el caso que sea otra provincia deberán realizar la respectiva legalización en el colegio de escribano de la provincia que corresponda.

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