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32 Terrenos con apto crédito en venta en Maldonado, Uruguay

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USD 175.000

2423 m² tot.

Lote en Las Garzas al 200

José Ignacio - Las Garzas, Maldonado

Lote de 2400 mt2 en una de las mejores ubicaciones del barrio por su altura, con vista al mar. A solo 2 cuadras de la playa y del Club house. Las Garzas, un lugar único. En el municipio de Rocha hay un pequeño poblado donde el tiempo parece haberse detenido. Garzón puede recorrerse en sulky. 250 habitantes, calles de tierra y casas bellas por simpleza y austeridad. Junto a este pueblo se encuentra Las Garzas. A solo 20 minutos de José Ignacio por la ruta interbalnearia 10 y a 50 minutos del Aeropuerto Internacional de Punta del Este por la ruta 9. Allí nace el arroyo Garzón, que baja hasta la laguna del mismo nombre. El espejo de agua donde unos disfrutan avistando pájaros, y otros practicando kite-surf. En ese entorno se proyectaron 240 hectáreas. En terrenos de 2500 m² promedio y con 120 hectáreas de áreas comunes. Preservando su naturaleza y su geografía privilegiada: el terreno de Las Garzas desciende escalonadamente desde la ruta hacia la playa, en una sucesión de terrazas naturales con amplias vistas al mar desde la mayoría de los lotes. Las grandes cárcavas que quiebran el paisaje generan un encanto propio y diferente. Tranquilo por ubicación y entorno. Y por sus increíbles cualidades naturales: 2 kilómetros de playa, paseos, cárcavas y arenas vírgenes. Exclusivo por infraestructura de amenities y servicios. Por las características del proyecto y su categoría. Las Garzas cuenta con una completa y particular gama de servicios y amenities: Beach Club, pileta para adultos con jacuzzi, pileta para niños, sala de estar y restaurant, sala de masajes y sauna, playroom para niños, deck sobre la playa, servicio de playa, gimnasio con vestuarios y canchas de tenis.

USD 179.000

900 m² tot.

Mazzoni 0

Maldonado, Uruguay

Corredor Responsable: - Contacto: Silvia Osano. Lote 900 m2 (18 frente x 50 de largo) Padrón Ver datos - manzana 1507. Saneamiento. Sin servicios conectados. Calle asfaltada. Terreno plano, regular y de fácil aprovechamiento. Parada de ómnibus enfrente. Autoservice 24 hs frente a la propiedad. Perimetrado. Normativa de construcción: 2-4-3 Subzona Resto. Subzona 2. 4. 3. a) Límites: Resto no comprendido en otras áreas. B) Retiros mínimos. Frontales 4 m. Se admite construcción de pérgola. Fondo - 4 m para programas vis amparados al Decreto Nº Ver datos con altura mayor a 9 m. C) Alturas máximas: 9 m (pb + 2 pa) d) Ocupación: fos 70% fos ss 80% fot 150% fosv 20% e) Estacionamientos: Se exige uno por cada unidad de vivienda u oficina y uno como mínimo cada 100 m2 o fracción de locales de otros usos. Podrán ocupar área de retiro frontal sin techo. F) Índice de ponderación (Decreto Nº Ver datos): 0 (Cero) g) Normas especiales: Aplica sólo en el ámbito de la Revisión Parcial de las Directrices Departamentales 2023. G1) En proyectos de Industria yo grandes superficies se deberá presentar plano de drenaje depluviales que incluya medidas intraprediales de laminación o amortiguación de los caudales de escorrentía de manera de no impactar significativamente sobre la infraestructura de drenaje público. G2) En áreas de ribera, zona de bañados y áreas inundables, no se permite la colocación de césped o el cubrimiento del terreno con humus, tierra, balasto o cualquier otro material, limitándose la vegetación de los jardines al tapiz existente o a la plantación de especies características de suelos anegados. G3) Zona Fragilidad Ecosistémica. a) Subzona Cumbres. Se definen áreas non edificandi según las cotas establecidas: a1 - para Cerro Pelado se siguen los criterios definidos por el Programa de Actuación Integrada del Fraccionamiento Cerro Pelado. A2 - Para el Cerro de las Cuevas, por encima de la cota 50m con respecto al 0 oficial. A3- Para el Cerro Juncal, encima de la cota 60 m con respecto al 0 oficial. A4- Para el Cerro del Peñasco, por encima de la cota 40 m al este y por encima de la cota 30m al oeste con respecto al 0 oficial (Decreto Departamental Nº Ver datos). Superando estas cotas no se podrá edificar. En los proyectos de urbanización propuestos, en el 10% del área libre a ceder a la Intendencia deberá estar incluidas las cumbres definidas dentro de esta categoría de suelo. B) Subzona Tutela Hidrobiológica. B1) Cursos de Cañadas. Para los padrones que atraviesen la Cañada de la Cantera, Cañada Marrero y Cañada Aparicio, en los planos de permisos de construcción se deberá indicar: a1. La faja de 30 m a cada lado medidos desde el eje medio del cauce. A2. La faja de bosque o matorral nativo a ambos lados del curso de agua, en casos de existir. A3. La curva de nivel correspondiente a la tr100 (áreas inundables con período de retorno de cien años). Se tomará como faja de tutela hidrobiológica, la banda más amplia de las tres. Dentro de esta faja no se podrá edificar. B2) Cursos tributarios a cañadas. Son los tributarios a las siguientes cañadas: Cañada de la Cantera, Cañada Marrero y Cañada Aparicio. En los planos de permisos de construcción se deberá indicar: a1. La faja de 10 m a cada lado medidos desde el eje medio del cauce. a2. La faja comprendida de bosque o matorral nativo a ambos lados del curso de agua, en casos de existir, a3. La distancia tr100 (áreas inundables con período de retorno a cien años) Se tomará como válida la faja de tutela hidrobiológica cuya distancia supere las demás. Dentro de esta faja no se podrá edificar. En ningún caso los padrones con tutelas hidrobiológicas podrán subdividirse. G4) Zona Buffer. Son las zonas comprendidas en una faja de 100 m de ancho tomadas a partir de: a) desde el Suelo de Fragilidad Ecosistémico (suf) de Cumbres, asociado al Cerro de las Cuevas, Cerro del Peñasco y Cerro del Juncal, b) desde el Suelo de Fragilidad Ecosistémico (suf) de Tutelas Hidrobiológicas, asociado a la Cañada de la Cantera y Cañada Marrero y sus respectivos afluentes; c) Los parámetros que regirán serán los siguientes: c1) El área mínima de padrones dentro de la zona Buffer no podrá ser inferior a 700m2. C2) En área Buffer se podrá construir como máximo una (1) unidad cada 150m2 de área de terreno. C3) En conjunto de unidades locativas apareadas se requieren 300 mc de terreno por par. C4) Para bloques bajos (altura 7 m) se requiere un mínimo de superficie de 600 m2. C5) Se podrán construir unidades locativas aisladas con una separación mínima de 3m y 5m de promedio entre unidades o unidades locativas apareadas. D) Retiros mínimos: -Frontales 4 m, -Unilateral de 3 m. - Ocupación de retiro lateral. Se podrán ocupar los retiros laterales de la mitad del terreno hacia el fondo con construcciones de hasta 20 m2 no pudiendo sobrepasar la altura de 3m. E) Alturas máximas: -7 m (pb + pa) f) Ocupación: - fos: 30%, - foss: 0% - fosnnp: 60%. - fot: 60%. G) En caso que el padrón se encuentre con ambas normativas, aplicará la zona correspondiente a cada sector y a los efectos de los parámetros, se usará el cálculo respectivo a cada zonificación. H) Sólo se permitirá la construcción en aquellos predios incluidos en su totalidad 20 dentro de la Zona Buffer, quedando limitada la construcción a un Área Máxima Edificada de 240m2 más decks de hasta 60m2 y por cada 150 metros lineales del curso o cuerpo de agua. I) Estacionamientos. Se exige uno por cada unidad de vivienda u oficina y uno como mínimo cada 100 m2 o fracción de locales de otros usos. J) Índice de ponderación (Decreto Departamental Nº Ver datos): 0 (Cero). Cada Oficina es de propiedad, gestión y desarrollo independiente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.

USD 200.000

$ 1 Expensas

600 m² tot.

Venta-terreno-uruguay-punta DEL Este-ocean Park

Punta Ballena, Maldonado

Increible lote en primera linea, con vista al mar, se ve punta ballena, con un excelente atardecer del sol en el mar-cmpsi 6021/cucicba 6999 mariana lamborizio

USD 2.997.150

1537 m² tot.

,Punta del Este,Otros Paises

Piedras del Chileno, Maldonado

Terreno en Venta en Barrio Privado – Playa Mansa, Parada 45. Exclusivo terreno de 1. 537 m², ubicado en un distinguido barrio privado de Playa Mansa, Parada 45, en un entorno que combina naturaleza, privacidad, seguridad y cercanía al mar. Su excelente dimensión y ubicación dentro del barrio lo convierten en una oportunidad ideal para desarrollar una residencia de categoría, disfrutando de todos los beneficios de vivir en un entorno exclusivo. Características destacadas: ✔ Superficie: 1. 537m² ✔ Retiro obligatorio de 4 metros respecto a los lotes linderos, brindando mayor privacidad y amplitud entre construcciones. ✔ Posibilidad de construir hasta 8 metros de altura. ✔ Sin obligación de construcción inmediata. Infraestructura y servicios: ✔ Saneamiento. ✔ Agua corriente. ✔ Fibra óptica. ✔ Red eléctrica subterránea. ✔ Red sanitaria subterránea. Amenities del barrio: ✔ Seguridad 24 horas. ✔ Servicio de playa. ✔ Acceso a playa adaptado para personas con movilidad reducida. ✔ Cancha de pádel. ✔ Gimnasio y sauna. ✔ Parrilleros de uso común. ✔ Juegos para niños. Un entorno privilegiado donde la tranquilidad, la seguridad y el contacto con la naturaleza se combinan con excelentes servicios y la cercanía al mar, ofreciendo una propuesta ideal tanto para vivir como para invertir. Consultanos para más información y coordiná tu visita.

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