PH · 200m² · 2 ambientes
venta
USD 120.000
Irala al 1800, La Boca, Capital Federal
PH Local con Galpón en La Boca
Ph. Local de 40m2 comunicado con galpón de 160m2 en el barrio de La Boca.
Hormigón H21 en el piso.
Venta sujeta a la obtención del COTI por parte del propietario.-
Las reservas se toman exclusivamente en la inmobiliaria con el matriculado Crivez Silvana - CUCICBA 6513.-
Ley 5115: Excepto que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, la misma puede no contar con las condiciones requeridas para el acceso de personas con movilidad reducida.-
Las medidas son aproximadas y a solo efecto orientativo. Las reales surgirán del título de propiedad respectivo
Las reservas se toman exclusivamente en la inmobiliaria con el matriculado Crivez Silvana -CUCICBA 6513-
Sólo para alquileres: Ley 5859 art 5: Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias a los inquilinos de vivienda que sean personas físicas, y el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será 4,15 % del valor total del respectivo contrato.
Ley 5115: Excepto que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, la misma puede no contar con las condiciones requeridas para el acceso de personas con movilidad reducida.
Hormigón H21 en el piso.
Venta sujeta a la obtención del COTI por parte del propietario.-
Las reservas se toman exclusivamente en la inmobiliaria con el matriculado Crivez Silvana - CUCICBA 6513.-
Ley 5115: Excepto que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, la misma puede no contar con las condiciones requeridas para el acceso de personas con movilidad reducida.-
Las medidas son aproximadas y a solo efecto orientativo. Las reales surgirán del título de propiedad respectivo
Las reservas se toman exclusivamente en la inmobiliaria con el matriculado Crivez Silvana -CUCICBA 6513-
Sólo para alquileres: Ley 5859 art 5: Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias a los inquilinos de vivienda que sean personas físicas, y el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será 4,15 % del valor total del respectivo contrato.
Ley 5115: Excepto que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, la misma puede no contar con las condiciones requeridas para el acceso de personas con movilidad reducida.
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