Local comercial · 18m² · 1 ambiente
venta
USD 69.000
Expensas $ 70.000
Local Galeria Gran Rivadavia, Ramos Mejía, La Matanza
Venta Local Galeria Gran Rivadavia Ramos Mejia
Oportunidad única de inversión en el corazón comercial de Ramos Mejía. Este local se encuentra en la prestigiosa "Galería Gran Rivadavia", un punto neurálgico estratégico con acceso dual por Av. Rivadavia y Av. Belgrano, asegurando un flujo constante de potenciales clientes.
El local ofrece una superficie cubierta de 18 m², complementada con un depósito en su parte superior, lo que maximiza el uso del espacio vertical. Su excelente estado de conservación y óptima iluminación natural le confieren un atractivo especial tanto para comerciantes como para clientes.
Actualmente, la propiedad se vende con un contrato de alquiler vigente, el cual se actualiza cada tres meses, brindando una oportunidad de ingresos inmediatos y seguros. La ubicación en una zona comercial consolidada, junto con servicios esenciales como agua corriente, electricidad e internet, lo convierte en un espacio listo para operar.
Ideal para inversores que buscan un retorno asegurado en una de las áreas más dinámicas del Gran Buenos Aires Oeste. No deje pasar esta oportunidad de adquirir un local comercial con renta asegurada en una ubicación privilegiada.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El local ofrece una superficie cubierta de 18 m², complementada con un depósito en su parte superior, lo que maximiza el uso del espacio vertical. Su excelente estado de conservación y óptima iluminación natural le confieren un atractivo especial tanto para comerciantes como para clientes.
Actualmente, la propiedad se vende con un contrato de alquiler vigente, el cual se actualiza cada tres meses, brindando una oportunidad de ingresos inmediatos y seguros. La ubicación en una zona comercial consolidada, junto con servicios esenciales como agua corriente, electricidad e internet, lo convierte en un espacio listo para operar.
Ideal para inversores que buscan un retorno asegurado en una de las áreas más dinámicas del Gran Buenos Aires Oeste. No deje pasar esta oportunidad de adquirir un local comercial con renta asegurada en una ubicación privilegiada.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.