Departamento · 72m² · 2 ambientes · 1 cochera
venta
USD 160.000
Las Campanillas al 1000, Manuel Alberti, Pilar
Complejo Terrazas - Duplex - 144 m² Tot
Terrazas I.
Complejo Residencial en la zona de Pilar.
Este Duplex, ofrece un diseño contemporáneo y funcional en dos plantas.
Al ingresar encontramos con un hall, toilette de recepción, la cocina americana lo hace moderno y funcional. El living comedor amplio y luminoso, tiene salida a un lindisimo jardín propio,, En la planta alta se desarrolla 1 dormitorio en suite con vestidor y grandes ventanales lo que hacen que el espacio sea super luminoso. Por la escalera central tambien accedemos a la terraza individual con parrilla y espacio que convoca a otro espacio de disfrute al aire libre.
Dispone de 1 cochera y servicios esenciales como agua corriente y electricidad. Las comodidades incluyen pileta, solarium, seguridad 24 horas, y portones eléctricos. Ideal para quienes buscan comodidad y accesibilidad en un entorno residencial tranquilo y cerca de la zona comercial.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Complejo Residencial en la zona de Pilar.
Este Duplex, ofrece un diseño contemporáneo y funcional en dos plantas.
Al ingresar encontramos con un hall, toilette de recepción, la cocina americana lo hace moderno y funcional. El living comedor amplio y luminoso, tiene salida a un lindisimo jardín propio,, En la planta alta se desarrolla 1 dormitorio en suite con vestidor y grandes ventanales lo que hacen que el espacio sea super luminoso. Por la escalera central tambien accedemos a la terraza individual con parrilla y espacio que convoca a otro espacio de disfrute al aire libre.
Dispone de 1 cochera y servicios esenciales como agua corriente y electricidad. Las comodidades incluyen pileta, solarium, seguridad 24 horas, y portones eléctricos. Ideal para quienes buscan comodidad y accesibilidad en un entorno residencial tranquilo y cerca de la zona comercial.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.