PH · 44m² · 3 ambientes
alquiler
$ 1.200.000
Expensas $ 60.000
Saraza 800, Parque Chacabuco, Capital Federal
PH en Parque Chacabuco
PH a estrenar super luminoso de 3 ambientes con balcón.
Cuenta con un living comedor de 6,30 x 2,00 m, amplio y luminoso con salida al balcón corrido de 7,00 x 1,10 m, dispone de dos dormitorios: el dormitorio principal mide 2,70 x 4,20m, mientras que el segundo dormitorio ofrece una superficie de 3,20 x 2,40 m. La cocina con muebles bajo mesada de 3,20 x 2,40 m, con cocina y termotanque electrico, baño de 2,40 x 1,60 m.
Precio alquiler $1.200.000 mensuales. Ajuste cuatrimestral por "IPC". Contrato por 24 meses.
A CARGO DEL INQUILINO/A: luz y expensas ordinarias (incluye agua, ABL y limpieza de pasillo).
Se aclara que las medidas detalladas en la presente publicación son aproximadas.
Garantía: seguro de caución.
C.U.C.I.C.B.A., Nº 4367; Rosenblum Dumoutier Carlos Alberto.
Art. 4, de la ley 5859 - “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.-
Cuenta con un living comedor de 6,30 x 2,00 m, amplio y luminoso con salida al balcón corrido de 7,00 x 1,10 m, dispone de dos dormitorios: el dormitorio principal mide 2,70 x 4,20m, mientras que el segundo dormitorio ofrece una superficie de 3,20 x 2,40 m. La cocina con muebles bajo mesada de 3,20 x 2,40 m, con cocina y termotanque electrico, baño de 2,40 x 1,60 m.
Precio alquiler $1.200.000 mensuales. Ajuste cuatrimestral por "IPC". Contrato por 24 meses.
A CARGO DEL INQUILINO/A: luz y expensas ordinarias (incluye agua, ABL y limpieza de pasillo).
Se aclara que las medidas detalladas en la presente publicación son aproximadas.
Garantía: seguro de caución.
C.U.C.I.C.B.A., Nº 4367; Rosenblum Dumoutier Carlos Alberto.
Art. 4, de la ley 5859 - “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.-
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