Departamento · 32m² · 1 ambiente
alquiler
$ 600.000
Expensas $ 128.000
Av. Patricios al 300, Barracas, Capital Federal
Monoambiente en Barracas Alquiler
MONOAMBIENTE EN BARRACAS ALQUILER.
Ubicado sobre la Av. Patricios entre las calles Arzobispo Espinosa y Gualeguay, rodeado de comercios y medios de transporte.
Se trata de un monoambiente al frente con balcón con orientación oeste.
El edificio es apto profesional y cuenta con amenities, parrilla y pileta.
Toda la información provista es aproximada y deberá ratificarse con la documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa. Fotografías no vinculantes ni contractuales.
Ley 5115: Edificio apto para personas con movilidad reducida.
Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).
Corredor inmobiliario Responsable: Leandro Martiarena - CUCICBA Matricula Profesional: 8518
LEY 5859 – ART. 5“Se encuentre prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15 %) del valor total del respectivo contrato.”
Ubicado sobre la Av. Patricios entre las calles Arzobispo Espinosa y Gualeguay, rodeado de comercios y medios de transporte.
Se trata de un monoambiente al frente con balcón con orientación oeste.
El edificio es apto profesional y cuenta con amenities, parrilla y pileta.
Toda la información provista es aproximada y deberá ratificarse con la documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa. Fotografías no vinculantes ni contractuales.
Ley 5115: Edificio apto para personas con movilidad reducida.
Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).
Corredor inmobiliario Responsable: Leandro Martiarena - CUCICBA Matricula Profesional: 8518
LEY 5859 – ART. 5“Se encuentre prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15 %) del valor total del respectivo contrato.”
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