Departamento · 42m² · 2 ambientes
alquiler
$ 700.000
Expensas $ 146.000
Treinta y Tres Orientales 55 4º 24, Almagro, Capital Federal
Departamento - Almagro
Dpto de 2 ambientes con balcón en alquiler-
EXCELENTE UBICACIÓN : mts de Av. Rivadavia ( Subte A - Estacio9n Castro Barros )
Cocina separada y lavadero independiente-
Actualización semestral del 17%
REQUISITOS: Garantía de CABA o sistema FINAER- Ingresos demostrables.
"Se deja constancia que las medidas y superficies indicadas en el presente son aproximadas y sujetas a verificación, variación y/o ajuste. El monto de expensas fue proporcionado por el propietario al momento de autorizar la venta y las mismas pueden haber sufrido modificaciones a la fecha.".
LEGAL
Ley 5859 Art. 4 - CABA
Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”
VREMONT Daniel Amado
Doblas 312 - CABA
PROPIEDADES EN URUGUAY
Móvil Uruguay : 5
Mail:
PROPIEDADES EN ARGENTINA
Tel: /
Móvil: +549 11
Mail:
EXCELENTE UBICACIÓN : mts de Av. Rivadavia ( Subte A - Estacio9n Castro Barros )
Cocina separada y lavadero independiente-
Actualización semestral del 17%
REQUISITOS: Garantía de CABA o sistema FINAER- Ingresos demostrables.
"Se deja constancia que las medidas y superficies indicadas en el presente son aproximadas y sujetas a verificación, variación y/o ajuste. El monto de expensas fue proporcionado por el propietario al momento de autorizar la venta y las mismas pueden haber sufrido modificaciones a la fecha.".
LEGAL
Ley 5859 Art. 4 - CABA
Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”
VREMONT Daniel Amado
Doblas 312 - CABA
PROPIEDADES EN URUGUAY
Móvil Uruguay : 5
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Móvil: +549 11
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