Departamento · 43m² · 2 ambientes
alquiler
$ 1.000.000
Expensas $ 170.000
Av Cramer 2590, Belgrano, Capital Federal
Cramer 2590 7 D. 2 Amb Suite Baño Toil Cocina Sep - Belgrano
[BERCOVIC-86]
EXCELENTE 2 AMB SEMIPISO AL CONTRA-FRENTE CON BALCÓN, DORMITORIO EN SUITE CON VESTIDOR, TOILLETE. COCINA SEPARADA INDEPENDIENTE A GAS. MUY BUEN ESTADO DE CONSERVACION, AIRE SPLIT FRIO/CALOR EN CADA AMBIENTE PISOS DE PARQUET.
EDIFICIO CON AMENITIES: PISCINA, SOLARIUM, LAUNDRY, SUM y PARRILLA.
PROHIBIDO PERRO (POR EL PISO DE PARQUET)
REQUISITOS: 1 MES ADELANTO (alquiler del mes en curso) + 1 MES DEPÓSITO (incremento trimestral IPC)
1 GARANTIA PROPIETARIA DE CAPITAL FEDERAL O DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES CERCANA A LA GRAL PAZ O SEGURO DE CAUCION: FINAER, Respaldar, PREMIUM O GARANTIAYA. Aval Total
NO SE ACEPTAN GARANTIAS BANCARIAS
APTO PARA PERSONA CON MOVILIDAD REDUCIDA LEY 5115.
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.-
Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto:
Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.-
Servicios:
ABL, Agua Corriente, Cloacas, Electricidad, Gas, Pavimento
Otros Servicios:
Ascensor, Terraza del Edificio, Toilette
EXCELENTE 2 AMB SEMIPISO AL CONTRA-FRENTE CON BALCÓN, DORMITORIO EN SUITE CON VESTIDOR, TOILLETE. COCINA SEPARADA INDEPENDIENTE A GAS. MUY BUEN ESTADO DE CONSERVACION, AIRE SPLIT FRIO/CALOR EN CADA AMBIENTE PISOS DE PARQUET.
EDIFICIO CON AMENITIES: PISCINA, SOLARIUM, LAUNDRY, SUM y PARRILLA.
PROHIBIDO PERRO (POR EL PISO DE PARQUET)
REQUISITOS: 1 MES ADELANTO (alquiler del mes en curso) + 1 MES DEPÓSITO (incremento trimestral IPC)
1 GARANTIA PROPIETARIA DE CAPITAL FEDERAL O DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES CERCANA A LA GRAL PAZ O SEGURO DE CAUCION: FINAER, Respaldar, PREMIUM O GARANTIAYA. Aval Total
NO SE ACEPTAN GARANTIAS BANCARIAS
APTO PARA PERSONA CON MOVILIDAD REDUCIDA LEY 5115.
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.-
Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto:
Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.-
Servicios:
ABL, Agua Corriente, Cloacas, Electricidad, Gas, Pavimento
Otros Servicios:
Ascensor, Terraza del Edificio, Toilette
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