Departamento · 20m² · 1 ambiente
alquiler
$ 450.000
Expensas $ 85.000
J. B. Ambrosetti al 100, Caballito, Capital Federal
Ambrosetti 100 1 Ambiente con Balcón en Caballito
Ambiente con gran placard
Cocina separada
Baño
Balcón
Requisitos: Garantía de CABA e Ingresos comprobables
No permite mascotas.
Contrato a 2 años con ajuste trimestral por IPC
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VREMONT Treus
Matricula CUCICBA 6830
Corredor Inmobiliario: Matias Treus Peciar.
-
-En el cumplimiento de la ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial.
-Ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales. Los agentes no ejercen el corretaje inmobiliario.
-Ley 5859 - Art. 4: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".
-Ley 5115 – Art. 1: El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades físicas reducidas. (Salvo que en la descripción figure lo contrario)
-Se deja constancia que las medidas, superficies y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación y/o ajuste. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso.
Cocina separada
Baño
Balcón
Requisitos: Garantía de CABA e Ingresos comprobables
No permite mascotas.
Contrato a 2 años con ajuste trimestral por IPC
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VREMONT Treus
Matricula CUCICBA 6830
Corredor Inmobiliario: Matias Treus Peciar.
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-En el cumplimiento de la ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial.
-Ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales. Los agentes no ejercen el corretaje inmobiliario.
-Ley 5859 - Art. 4: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".
-Ley 5115 – Art. 1: El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades físicas reducidas. (Salvo que en la descripción figure lo contrario)
-Se deja constancia que las medidas, superficies y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación y/o ajuste. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso.
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