Av. Luis María Campos al 1100 Piso 7º, Las Cañitas, Palermo
48
m² tot.
45
m² cub.
2
amb.
1
baño
1
dorm.
A estrenar
Lateral
NO
Muy luminoso
Departamento en de 2 Ambientes a Estrenar en Alquiler La Imprenta
Departamento a estrenar en alquiler de 2 ambientes en La Imprenta-Las Cañitas. Edificio a estrenar con amenities ubicado entre Boulevard Olleros y AV. F Lacroze Cocina americana con barra y extractor. Pisos de parquet. Baño completo con bañera. Se encuentra impecable y se entrega con artefactos de luz en todos los espacios, rollers-blackout en ambos ambientes y dos aires acondicionado. IMPORTANTE: No se cuenta por el momento con un valor exácto ni estimado del Importe de expensas. No se aceptan mascotas ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Requisitos (para uso exclusivo de vivienda)
- - El Inquilino debe justificar ingresos comprobables (ni jubilaciones, ni pensiones ya que son inembargables) acorde al monto del alquiler y expensas.
-Garantías: el inquilino podrá presentar garantía propietaria de Ciudad de Buenos Aires que no sea inembargable, o sistema de fianza Finaer.
Costos y características del contrato:
- Contrato de 2 años. - Al momento de la firma de contrato se abona el primer mes de alquiler y 1 mes y medio de depósito en garantía.
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.-