En cumplimiento con la normativa vigente, los asistentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. La intermediación y conclusión de las operaciones inmobiliarias es desarrollada por Martilleros y Corredores Públicos. Esta Oficina Inmobiliaria se encuentra a cargo de Fernando J. Vaz - Bienes Raíces, Matrícula N.º 908 – C.M.C.P.S.N. Tomo 3 , Folio 35 y C.U.C.I.C.B.A. número 8465, Tomo 2 Folio 16, adherida al Sistema Coldwell Banker C.U.I.T.: -8, Nuñez 2476, Ciudad de Buenos Aires.
"LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar honorarios inmobiliarios y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.