Terrenos · 734m²
venta
USD 1.000.000
Mendoza al 4000, Echesortu, Rosario
Venta - Terreno (Pb 10)terreno - Cochera - Galpón - Local. Echesortu, Rosario
Mendoza 4049 – Normas UrbanísticasCorredor Urbano B – Referencia: Segundo Anillo Perimetral al Área Central - Ord. 8980/12 y modif.
Altura mínima frentista 4m
Altura máxima exceptiva frentista: 30,50m (PB+10)
Profundidad altura exceptiva20m
Altura máxima en bloques interiores14,50m (PB+4)
Altura máxima centro de manzana6m
Factor de ocupación del suelo (FOS)0,7
Usos no admitidos: -Industrias y depósitos categoría B y C. -Cocheras y Playas de Estacionamiento para vehículos de gran porte. -Venta o almacenamiento desechos metálicos y no metálicos.
Observaciones
*Altura mínima vivienda unifamiliar frentista: 3m
*Altura máxima: depende del Área de Tejido en el que se localiza.
* FOS: no aplica en parcelas menor o igual a 200m2. Si la resultante del cálculo es menor a 200m2, se adopta esta superficie como máxima ocupación de suelo admitida. No se aplicará FOS en PB y PA en usos que no requieran iluminación y ventilación natural.
*Parcelas catalogadas incluidas en la Ordenanza N° 8245 y modificatorias, deben tramitar la viabilidad patrimonial según las especificaciones particulares de cada grado.
*Consultar Ordenanza Nº 8980 y sus modificatorias, para más información.
Altura mínima frentista 4m
Altura máxima exceptiva frentista: 30,50m (PB+10)
Profundidad altura exceptiva20m
Altura máxima en bloques interiores14,50m (PB+4)
Altura máxima centro de manzana6m
Factor de ocupación del suelo (FOS)0,7
Usos no admitidos: -Industrias y depósitos categoría B y C. -Cocheras y Playas de Estacionamiento para vehículos de gran porte. -Venta o almacenamiento desechos metálicos y no metálicos.
Observaciones
*Altura mínima vivienda unifamiliar frentista: 3m
*Altura máxima: depende del Área de Tejido en el que se localiza.
* FOS: no aplica en parcelas menor o igual a 200m2. Si la resultante del cálculo es menor a 200m2, se adopta esta superficie como máxima ocupación de suelo admitida. No se aplicará FOS en PB y PA en usos que no requieran iluminación y ventilación natural.
*Parcelas catalogadas incluidas en la Ordenanza N° 8245 y modificatorias, deben tramitar la viabilidad patrimonial según las especificaciones particulares de cada grado.
*Consultar Ordenanza Nº 8980 y sus modificatorias, para más información.