Terrenos · 619m²
venta
USD 66.000
Expensas $ 280.000
Barrio Cerrado La Estela, Pilar, La Estela, Pilar
Terreno en La Estela, Pilar
Lote en venta o permuta – Barrio Privado La Estela, Pilar
Ubicado en un predio de 33 hectáreas con una gran arboleda, este barrio privado ofrece 275 unidades y una excelente ubicación a la altura del km 53 de Panamericana, con accesos rápidos y cómodos.
+ Características del lote:
• Superficie total: 619 m²
• Frente: 23,09 m | Fondo: 21,78 m
• Calles internas y externas asfaltadas
• Redes subterráneas: electricidad, agua corriente, gas natural y cloacas
• Seguridad 24 hs
+ Entorno y servicios:
• Barrios vecinos: Martindale, Guido y La Campiña
• Zona de deporte ecuestre
• Cercanía a supermercados, centros de salud y centros comerciales de Pilar
Un lugar ideal para quienes buscan tranquilidad, naturaleza y calidad de vida, con la comodidad de tener todo a pocos minutos.
IMPORTANTE: opción de anticipo + cuotas!
¡Contáctame para más información o coordinar una visita!
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Ubicado en un predio de 33 hectáreas con una gran arboleda, este barrio privado ofrece 275 unidades y una excelente ubicación a la altura del km 53 de Panamericana, con accesos rápidos y cómodos.
+ Características del lote:
• Superficie total: 619 m²
• Frente: 23,09 m | Fondo: 21,78 m
• Calles internas y externas asfaltadas
• Redes subterráneas: electricidad, agua corriente, gas natural y cloacas
• Seguridad 24 hs
+ Entorno y servicios:
• Barrios vecinos: Martindale, Guido y La Campiña
• Zona de deporte ecuestre
• Cercanía a supermercados, centros de salud y centros comerciales de Pilar
Un lugar ideal para quienes buscan tranquilidad, naturaleza y calidad de vida, con la comodidad de tener todo a pocos minutos.
IMPORTANTE: opción de anticipo + cuotas!
¡Contáctame para más información o coordinar una visita!
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.