Terrenos · 855m²
venta
USD 98.000
Ruta Provincial 25, El Naudir, El Cazador
Terreno en El Naudir a La Laguna
Terreno en venta ubicado en El Naudir, Escobar. Con una superficie total de 855 m2, este lote ofrece un amplio espacio para construir la casa de tus sueños en un entorno privilegiado. El terreno se encuentra en un barrio cerrado, garantizando seguridad y tranquilidad.
Cuenta con servicios esenciales como agua corriente, cloaca, gas natural, electricidad y pavimento, lo que facilita el desarrollo de cualquier proyecto residencial. Su dirección estratégica sobre la ruta provincial 25 asegura fácil acceso a las principales vías de la zona.
Ideal para quienes buscan invertir en una propiedad con potencial de valorización en un área en crecimiento. No dejes pasar esta oportunidad de adquirir un terreno en un lugar exclusivo y con todas las comodidades necesarias para un estilo de vida confortable.
MARIA VICTORIA SARACHAGA CORDEU
CMCPSI 7247 CUCICBA 9956
El inmueble no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Nota importante: Las imágenes en este anuncio son meramente ilustrativas no teniendo carácter contractual.
El importe de expensas e impuestos anunciados ha sido extraído de la facturación y documentación aportada por el propietario, siendo orientativo y no vinculante, encontrándose sujeto a variaciones sin previa publicidad.
Las medidas aportadas en esta publicación son aproximadas y a título informativo. La medida original surgirá de los respectivos planos y/o escritura del inmueble En cumplimiento de la leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802, Ley 24.240 y las normas jurídicas contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación, todas las operaciones inmobiliarias serán objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero público y corredor inmobiliario colegiado a cargo, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A
Cuenta con servicios esenciales como agua corriente, cloaca, gas natural, electricidad y pavimento, lo que facilita el desarrollo de cualquier proyecto residencial. Su dirección estratégica sobre la ruta provincial 25 asegura fácil acceso a las principales vías de la zona.
Ideal para quienes buscan invertir en una propiedad con potencial de valorización en un área en crecimiento. No dejes pasar esta oportunidad de adquirir un terreno en un lugar exclusivo y con todas las comodidades necesarias para un estilo de vida confortable.
MARIA VICTORIA SARACHAGA CORDEU
CMCPSI 7247 CUCICBA 9956
El inmueble no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Nota importante: Las imágenes en este anuncio son meramente ilustrativas no teniendo carácter contractual.
El importe de expensas e impuestos anunciados ha sido extraído de la facturación y documentación aportada por el propietario, siendo orientativo y no vinculante, encontrándose sujeto a variaciones sin previa publicidad.
Las medidas aportadas en esta publicación son aproximadas y a título informativo. La medida original surgirá de los respectivos planos y/o escritura del inmueble En cumplimiento de la leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802, Ley 24.240 y las normas jurídicas contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación, todas las operaciones inmobiliarias serán objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero público y corredor inmobiliario colegiado a cargo, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A