Terrenos · 518m²
venta
USD 460.000
Ramos Mejía al 2400, La Horqueta, San Isidro
Lote en Venta en El Barrio El Candil
Espectacular lote en venta en Barrio Cerrado El Candil – La Horqueta, San Isidro
Excelente oportunidad para adquirir un lote único en una de las zonas más buscadas de Zona Norte. Con inmejorable acceso a Capital y a pocos minutos del centro comercial de La Horqueta.
El lote Nº 37 se destaca por ser el único disponible sin vecinos en su parte posterior, lo que garantiza máxima privacidad y un entorno sumamente tranquilo. Su ubicación permite disfrutar de la lindísima vista abierta a la arboleda de la plaza.
En las inmediaciones se encuentran reconocidos colegios como Pilgrims, Goethe Schule y San Andrés, lo que lo convierte en una opción ideal tanto para vivienda familiar como para inversión.
El barrio cuenta con seguridad y vigilancia las 24 horas, ofreciendo un entorno seguro y de excelente calidad de vida.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Excelente oportunidad para adquirir un lote único en una de las zonas más buscadas de Zona Norte. Con inmejorable acceso a Capital y a pocos minutos del centro comercial de La Horqueta.
El lote Nº 37 se destaca por ser el único disponible sin vecinos en su parte posterior, lo que garantiza máxima privacidad y un entorno sumamente tranquilo. Su ubicación permite disfrutar de la lindísima vista abierta a la arboleda de la plaza.
En las inmediaciones se encuentran reconocidos colegios como Pilgrims, Goethe Schule y San Andrés, lo que lo convierte en una opción ideal tanto para vivienda familiar como para inversión.
El barrio cuenta con seguridad y vigilancia las 24 horas, ofreciendo un entorno seguro y de excelente calidad de vida.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.