Terrenos · 766m²
venta
USD 55.000
Expensas $ 480.000
Barrio Privado Los Talas, Tristán Suárez, Ezeiza
Lote Barrio Privado Los Talas
Lote con fondo a laguna de 766 metros, con escritura!
En el Barrio Privado Los Talas, en Canning-Ezeiza
Barrio consolidado con muchas viviendas y todos los servicios funcionando:
- agua
- luz
- gas
- cloacas
- internet
Amplios espacios verdes, vistas a lagos, y áreas deportivas y de recreación, con un total de 485 lotes.
Amenities:
- Canchas de fútbol
- canchas de tenis
- piletas
- club house
- SUM
- canchas de voley
- juegos para niños
- despensa
- restaurante.
Seguridad 24 hs
Aviso- Se informa que las características y datos del inmueble incluidos en esta publicación —tales como superficies, medidas, distribución, antigüedad, estado de conservación, calidad constructiva, funcionamiento de instalaciones, servicios, expensas, impuestos, entre otros— son aproximados y referenciales. La información ha sido brindada por el propietario y puede no reflejar con exactitud las condiciones reales o actuales del inmueble. Las medidas y superficies exactas son las que surgen de la escritura traslativa de dominio y de los planos debidamente registrados. En caso de discrepancia, prevalecerá siempre lo establecido en la documentación legal correspondiente. Las imágenes publicadas tienen un fin exclusivamente ilustrativo y orientativo. Reflejan el estado del inmueble al momento de ser tomadas, por lo que podrían diferir del estado actual. Los muebles, artefactos, accesorios y elementos decorativos que puedan observarse en las fotos no forman parte de la oferta de venta, salvo que se indique expresamente lo contrario. Él interesado deberá visitar el inmueble, verificar personalmente su estado y funcionamiento, y requerir toda la documentación legal antes de celebrar cualquier operación. Esta publicación se realiza conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina y en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en especial sus artículos relativos a la información veraz, completa y detallada que debe brindarse a los consumidores y a la buena fe contractual (art. 1100 y siguientes del CCCN y art. 4 de la LDC).
En el Barrio Privado Los Talas, en Canning-Ezeiza
Barrio consolidado con muchas viviendas y todos los servicios funcionando:
- agua
- luz
- gas
- cloacas
- internet
Amplios espacios verdes, vistas a lagos, y áreas deportivas y de recreación, con un total de 485 lotes.
Amenities:
- Canchas de fútbol
- canchas de tenis
- piletas
- club house
- SUM
- canchas de voley
- juegos para niños
- despensa
- restaurante.
Seguridad 24 hs
Aviso- Se informa que las características y datos del inmueble incluidos en esta publicación —tales como superficies, medidas, distribución, antigüedad, estado de conservación, calidad constructiva, funcionamiento de instalaciones, servicios, expensas, impuestos, entre otros— son aproximados y referenciales. La información ha sido brindada por el propietario y puede no reflejar con exactitud las condiciones reales o actuales del inmueble. Las medidas y superficies exactas son las que surgen de la escritura traslativa de dominio y de los planos debidamente registrados. En caso de discrepancia, prevalecerá siempre lo establecido en la documentación legal correspondiente. Las imágenes publicadas tienen un fin exclusivamente ilustrativo y orientativo. Reflejan el estado del inmueble al momento de ser tomadas, por lo que podrían diferir del estado actual. Los muebles, artefactos, accesorios y elementos decorativos que puedan observarse en las fotos no forman parte de la oferta de venta, salvo que se indique expresamente lo contrario. Él interesado deberá visitar el inmueble, verificar personalmente su estado y funcionamiento, y requerir toda la documentación legal antes de celebrar cualquier operación. Esta publicación se realiza conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina y en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en especial sus artículos relativos a la información veraz, completa y detallada que debe brindarse a los consumidores y a la buena fe contractual (art. 1100 y siguientes del CCCN y art. 4 de la LDC).