PH · 100m² · 4 ambientes
venta
USD 158.000
Expensas $ 30.000
Galván 3170, Villa Urquiza, Capital Federal
PH 4 Ambientes con Patio y Terraza - Villa Urquiza
Ubicado en el tranquilo barrio de Villa Urquiza, a metros de Av. Congreso y con excelente acceso a transporte y comercios, este luminoso PH de 4 ambientes ofrece comodidad y calidad de vida.
La propiedad se desarrolla en dos plantas:
Planta baja:
_Amplio living.
_Cocina comedor con muy buena ventilación y luz natural.
_Dos dormitorios, uno de ellos con toilette.
_Patio.
Planta alta:
_Tercer dormitorio con terraza privada, ideal para disfrutar del aire libre.
Con 130 m² totales (100 m² cubiertos y 30 m² descubiertos), esta propiedad combina comodidad y funcionalidad en una ubicación estratégica del barrio de Villa Urquiza.
NO APTO CRÉDITO
Eduardo El Yar Matrícula C.U.C.I.C.B.A. 7493 / C.M.C.P.S.I. 6592
Todas las propiedades que figuran en esta publicación se encuentran a cargo del profesional matriculado Eduardo El Yar, Matrícula C.U.C.I.C.B.A. 7493 / C.M.C.P.S.I. 6592 por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él. En cumplimiento de la Ley 10.973 de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nacional 25.028, Ley Nacional 20.266, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores o agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero y corredor colegiado, cuyos datos se exhiben en el nombre de la inmobiliaria.
Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.
Venta sujeta a la obtención del COTI por parte del propietario. Las medidas son aproximadas, las reales surgen del título o plano de mensura.
EL YAR BIENES RAICES SA
IGJ N°
Las reservas se toman exclusivamente en la inmobiliaria con el matriculado C.U.C.I.C.B.A. 7493 / C.M.C.P.S.I. 6592
Concretada la venta del inmueble, EL LOCADOR deberá notificar fehacientemente a LA LOCATARIA dicha circunstancia.
Si el adquirente decidiera continuar con la locación vigente, el presente contrato subsistirá hasta la fecha de finalización pactada, manteniéndose plenamente vigentes sus términos y condiciones, y LA LOCATARIA será informada de los datos necesarios para continuar la relación locativa con el nuevo propietario.
Si, por el contrario, el adquirente manifestara su voluntad de recibir el inmueble libre de ocupantes y no continuar con la presente locación, las partes acuerdan expresamente que la venta constituirá causal de resolución anticipada del presente contrato. En tal supuesto, EL LOCADOR deberá notificar fehacientemente a LA LOCATARIA, otorgándole un plazo mínimo de TREINTA (30) DÍAS HÁBILES, contados desde la recepción de dicha notificación, para procurar su reubicación y proceder a la restitución del inmueble.
Cumplido dicho plazo, LA LOCATARIA deberá restituir el inmueble y entregar las llaves conforme a las condiciones previstas en el presente contrato. Esta resolución no será considerada incumplimiento contractual imputable a LA LOCATARIA, por lo que no resultarán aplicables penalidades ni indemnizaciones por rescisión anticipada a su cargo, debiendo asimismo procederse a la devolución del depósito de garantía conforme a las condiciones contractualmente establecidas, previa verificación del estado del inmueble y de las obligaciones pendientes.
La propiedad se desarrolla en dos plantas:
Planta baja:
_Amplio living.
_Cocina comedor con muy buena ventilación y luz natural.
_Dos dormitorios, uno de ellos con toilette.
_Patio.
Planta alta:
_Tercer dormitorio con terraza privada, ideal para disfrutar del aire libre.
Con 130 m² totales (100 m² cubiertos y 30 m² descubiertos), esta propiedad combina comodidad y funcionalidad en una ubicación estratégica del barrio de Villa Urquiza.
NO APTO CRÉDITO
Eduardo El Yar Matrícula C.U.C.I.C.B.A. 7493 / C.M.C.P.S.I. 6592
Todas las propiedades que figuran en esta publicación se encuentran a cargo del profesional matriculado Eduardo El Yar, Matrícula C.U.C.I.C.B.A. 7493 / C.M.C.P.S.I. 6592 por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él. En cumplimiento de la Ley 10.973 de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nacional 25.028, Ley Nacional 20.266, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores o agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero y corredor colegiado, cuyos datos se exhiben en el nombre de la inmobiliaria.
Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.
Venta sujeta a la obtención del COTI por parte del propietario. Las medidas son aproximadas, las reales surgen del título o plano de mensura.
EL YAR BIENES RAICES SA
IGJ N°
Las reservas se toman exclusivamente en la inmobiliaria con el matriculado C.U.C.I.C.B.A. 7493 / C.M.C.P.S.I. 6592
Concretada la venta del inmueble, EL LOCADOR deberá notificar fehacientemente a LA LOCATARIA dicha circunstancia.
Si el adquirente decidiera continuar con la locación vigente, el presente contrato subsistirá hasta la fecha de finalización pactada, manteniéndose plenamente vigentes sus términos y condiciones, y LA LOCATARIA será informada de los datos necesarios para continuar la relación locativa con el nuevo propietario.
Si, por el contrario, el adquirente manifestara su voluntad de recibir el inmueble libre de ocupantes y no continuar con la presente locación, las partes acuerdan expresamente que la venta constituirá causal de resolución anticipada del presente contrato. En tal supuesto, EL LOCADOR deberá notificar fehacientemente a LA LOCATARIA, otorgándole un plazo mínimo de TREINTA (30) DÍAS HÁBILES, contados desde la recepción de dicha notificación, para procurar su reubicación y proceder a la restitución del inmueble.
Cumplido dicho plazo, LA LOCATARIA deberá restituir el inmueble y entregar las llaves conforme a las condiciones previstas en el presente contrato. Esta resolución no será considerada incumplimiento contractual imputable a LA LOCATARIA, por lo que no resultarán aplicables penalidades ni indemnizaciones por rescisión anticipada a su cargo, debiendo asimismo procederse a la devolución del depósito de garantía conforme a las condiciones contractualmente establecidas, previa verificación del estado del inmueble y de las obligaciones pendientes.
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