Casa · 180m² · 6 ambientes · 2 cocheras
venta
USD 350.000
Libertad al 300, El Cantón / Norte, El Cazador
Casa a La Laguna en El Canton - Norte
Excelente propiedad a estrenar, de estilo moderno y racionalista, con salida directa a la laguna.
Planta Baja: Ingreso por puerta pivotante de madera a hall recibidor. Amplio living-comedor con cocina integrada, toilette, lavadero independiente y dependencia de servicio.
Planta Alta: Espacio para escritorio, dos dormitorios con baño compartido y suite principal con vestidor y baño privado.
Exterior: Galería con parrilla y bacha, jardín con hermosa vista al espejo de agua y garage para más de dos vehículos con acceso directo al área de servicio.
La calefacción es por losa radiante y cuenta con pre instalación para aires acondicionados
MARIA VICTORIA SARACHAGA CORDEU
CMCPSI 7247 CUCICBA 9956
El inmueble no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Nota importante: Las imágenes en este anuncio son meramente ilustrativas no teniendo carácter contractual.
El importe de expensas e impuestos anunciados ha sido extraído de la facturación y documentación aportada por el propietario, siendo orientativo y no vinculante, encontrándose sujeto a variaciones sin previa publicidad.
Las medidas aportadas en esta publicación son aproximadas y a título informativo. La medida original surgirá de los respectivos planos y/o escritura del inmueble En cumplimiento de la leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802, Ley 24.240 y las normas jurídicas contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación, todas las operaciones inmobiliarias serán objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero público y corredor inmobiliario colegiado a cargo, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A
Planta Baja: Ingreso por puerta pivotante de madera a hall recibidor. Amplio living-comedor con cocina integrada, toilette, lavadero independiente y dependencia de servicio.
Planta Alta: Espacio para escritorio, dos dormitorios con baño compartido y suite principal con vestidor y baño privado.
Exterior: Galería con parrilla y bacha, jardín con hermosa vista al espejo de agua y garage para más de dos vehículos con acceso directo al área de servicio.
La calefacción es por losa radiante y cuenta con pre instalación para aires acondicionados
MARIA VICTORIA SARACHAGA CORDEU
CMCPSI 7247 CUCICBA 9956
El inmueble no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Nota importante: Las imágenes en este anuncio son meramente ilustrativas no teniendo carácter contractual.
El importe de expensas e impuestos anunciados ha sido extraído de la facturación y documentación aportada por el propietario, siendo orientativo y no vinculante, encontrándose sujeto a variaciones sin previa publicidad.
Las medidas aportadas en esta publicación son aproximadas y a título informativo. La medida original surgirá de los respectivos planos y/o escritura del inmueble En cumplimiento de la leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802, Ley 24.240 y las normas jurídicas contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación, todas las operaciones inmobiliarias serán objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero público y corredor inmobiliario colegiado a cargo, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A