Departamento · 56m² · 2 ambientes
venta
USD 367.224
Del Libertador al 8100, Núñez, Capital Federal
Venta 4 Ambientes Premium en Nuñez
Ubicado en el prestigioso barrio de Núñez, este departamento en construcción representa la fusión perfecta entre estilo urbano y confort. Situado en la dirección Del Libertador 8108, ofrece un espacio ideal tanto para familias como para profesionales que valoran un entorno sofisticado.
Con una superficie cubierta de 56.12 m², este departamento de 2 ambientes incluye 1 baño completo y una suite principal, garantizando comodidad y funcionalidad. Aunque aún en desarrollo, el proyecto asegura una gama de comodidades modernas como aire acondicionado individual y calefacción. Además, el edificio de 15 pisos cuenta con 2 ascensores, facilitando el acceso a todos los niveles de la propiedad.
Entre los amenities de primera categoría se destacan: gimnasio, piscina, solárium y quincho, además de un SUM para eventos. La seguridad es primordial, con servicio las 24 horas. La propiedad ofrece accesibilidad para personas con movilidad reducida y es apta para mascotas y uso profesional.
La ubicación es privilegiada, proporcionando rápida conexión a servicios esenciales como agua corriente, gas natural, electricidad, teléfono y agua potable. La cercanía a áreas verdes y vistas panorámicas de la ciudad enriquecen aún más este entorno exclusivo.
Con fecha de entrega prevista para junio de 2027, esta propiedad es una oportunidad única de inversión en una de las zonas más deseadas de Capital Federal.
Las superficies y medidas son aproximadas, las definitivas surgirán de titulo de propiedad respectivo.
Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor matriculado: Flavia Verónica Jalif C.U.C.I.C.B.A. 9116 | Roberto Archelli CSI 3278/2977
LEY 5859-ART 4
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.
Ley con amparo individual y colectivo a través de CUCICBA ante anticonstitucionalidad arbitraria atentando contra derechos de propiedad (art. 14 y 17 de la Constitución Nacional) y legitimidad como corredores inmobiliarios de acuerdo a lo normado por el Código Civil y Comercial en sus artículos 1255, 1350 y 1351.4
Con una superficie cubierta de 56.12 m², este departamento de 2 ambientes incluye 1 baño completo y una suite principal, garantizando comodidad y funcionalidad. Aunque aún en desarrollo, el proyecto asegura una gama de comodidades modernas como aire acondicionado individual y calefacción. Además, el edificio de 15 pisos cuenta con 2 ascensores, facilitando el acceso a todos los niveles de la propiedad.
Entre los amenities de primera categoría se destacan: gimnasio, piscina, solárium y quincho, además de un SUM para eventos. La seguridad es primordial, con servicio las 24 horas. La propiedad ofrece accesibilidad para personas con movilidad reducida y es apta para mascotas y uso profesional.
La ubicación es privilegiada, proporcionando rápida conexión a servicios esenciales como agua corriente, gas natural, electricidad, teléfono y agua potable. La cercanía a áreas verdes y vistas panorámicas de la ciudad enriquecen aún más este entorno exclusivo.
Con fecha de entrega prevista para junio de 2027, esta propiedad es una oportunidad única de inversión en una de las zonas más deseadas de Capital Federal.
Las superficies y medidas son aproximadas, las definitivas surgirán de titulo de propiedad respectivo.
Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor matriculado: Flavia Verónica Jalif C.U.C.I.C.B.A. 9116 | Roberto Archelli CSI 3278/2977
LEY 5859-ART 4
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.
Ley con amparo individual y colectivo a través de CUCICBA ante anticonstitucionalidad arbitraria atentando contra derechos de propiedad (art. 14 y 17 de la Constitución Nacional) y legitimidad como corredores inmobiliarios de acuerdo a lo normado por el Código Civil y Comercial en sus artículos 1255, 1350 y 1351.4
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