Departamento · 32m² · 1 ambiente
alquiler
$ 550.000
Expensas $ 232.000
Membrillar 76, Flores, Capital Federal
Monoambiente con Balcón en Flores - Apto Profesional
Monoambiente con Balcón, en Flores.
Membrillar, entre Av. Rivadavia y Ramón Falcón
A una cuadra estación Flores Subte A
Apto Profesional (incluso para consultorios médicos)
Se alquila para vivienda ó uso profesional (sin mascotas)
$ + IVA (en caso de uso para oficina)
Edificio con:
• Salón de Usos Múltiples (apto para reuniones de trabajo) -
• Terraza con Solario y Yacuzzi
• Laundry
• Seguridad 24hs. (incluye servicio de correspondencia)
Unidad Funcional
• Al Frente
• Ambiente amplio y luminoso
• Office integrado, con mesada de granito con bacha + alacenas bajo mesada + estantes colgantes + espacio para heladera bajo mesada
• Balcón aterrazado
• Baño completo
• Agua Caliente central
• Expensas período julio vencimiento agosto 2026 = $.-
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Juan Cruz Daniel Bucchiuni, Matrícula Corredor Inmobiliario 9823 Tomo 2 Folio 66
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-
Membrillar, entre Av. Rivadavia y Ramón Falcón
A una cuadra estación Flores Subte A
Apto Profesional (incluso para consultorios médicos)
Se alquila para vivienda ó uso profesional (sin mascotas)
$ + IVA (en caso de uso para oficina)
Edificio con:
• Salón de Usos Múltiples (apto para reuniones de trabajo) -
• Terraza con Solario y Yacuzzi
• Laundry
• Seguridad 24hs. (incluye servicio de correspondencia)
Unidad Funcional
• Al Frente
• Ambiente amplio y luminoso
• Office integrado, con mesada de granito con bacha + alacenas bajo mesada + estantes colgantes + espacio para heladera bajo mesada
• Balcón aterrazado
• Baño completo
• Agua Caliente central
• Expensas período julio vencimiento agosto 2026 = $.-
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Juan Cruz Daniel Bucchiuni, Matrícula Corredor Inmobiliario 9823 Tomo 2 Folio 66
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-
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