Departamento · 1m² · 2 ambientes
alquiler
USD 800
Calle Septiembre, Belén de Escobar, Escobar
Departamento en Alquiler en Septiembre, Escobar, Amueblado con Balcón
Departamento tipo dúplex en barrio Septiembre, Escobar, amueblado y con amenities. El complejo cuenta con restaurantes, supermercado, gimnasio y pileta. Distribuido en dos plantas: en planta baja dispone de toilette, living-comedor, cocina y balcón; en planta alta cuenta con dormitorio y baño completo. Opción de contrato anual o temporario (mínimo 3 meses). Todos los gastos (expensas y servicios) a cargo del inquilino.
SARACHAGA CORDEU PROPIEDADES
CMCPSI 7246
Aviso Legal
La información y medidas publicadas son aproximadas y deberán ser verificadas con la documentación correspondiente. Los valores y condiciones pueden modificarse sin previo aviso. Las imágenes son ilustrativas y pueden no reflejar el estado actual del inmueble. La inmobiliaria actúa como intermediaria en la operación, en carácter de corredor inmobiliario matriculado. Para más información o coordinación de visitas, no dudes en contactarnos.XINTEL(SCO-SCO-41)
MARIA VICTORIA SARACHAGA CORDEU
CMCPSI 7247 CUCICBA 9956
El inmueble no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Nota importante: Las imágenes en este anuncio son meramente ilustrativas no teniendo carácter contractual.
El importe de expensas e impuestos anunciados ha sido extraído de la facturación y documentación aportada por el propietario, siendo orientativo y no vinculante, encontrándose sujeto a variaciones sin previa publicidad.
Las medidas aportadas en esta publicación son aproximadas y a título informativo. La medida original surgirá de los respectivos planos y/o escritura del inmueble En cumplimiento de la leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802, Ley 24.240 y las normas jurídicas contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación, todas las operaciones inmobiliarias serán objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero público y corredor inmobiliario colegiado a cargo, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A
SARACHAGA CORDEU PROPIEDADES
CMCPSI 7246
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La información y medidas publicadas son aproximadas y deberán ser verificadas con la documentación correspondiente. Los valores y condiciones pueden modificarse sin previo aviso. Las imágenes son ilustrativas y pueden no reflejar el estado actual del inmueble. La inmobiliaria actúa como intermediaria en la operación, en carácter de corredor inmobiliario matriculado. Para más información o coordinación de visitas, no dudes en contactarnos.XINTEL(SCO-SCO-41)
MARIA VICTORIA SARACHAGA CORDEU
CMCPSI 7247 CUCICBA 9956
El inmueble no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Nota importante: Las imágenes en este anuncio son meramente ilustrativas no teniendo carácter contractual.
El importe de expensas e impuestos anunciados ha sido extraído de la facturación y documentación aportada por el propietario, siendo orientativo y no vinculante, encontrándose sujeto a variaciones sin previa publicidad.
Las medidas aportadas en esta publicación son aproximadas y a título informativo. La medida original surgirá de los respectivos planos y/o escritura del inmueble En cumplimiento de la leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802, Ley 24.240 y las normas jurídicas contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación, todas las operaciones inmobiliarias serán objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero público y corredor inmobiliario colegiado a cargo, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A