Departamento · 31m² · 1 ambiente
alquiler
USD 600
Expensas $ 184.000
Gurruchaga al 2300, Palermo Soho, Palermo
Departamento en Alquiler con Muebles en Palermo Soho
MONOAMBIENTE AMOBLADO EN ALQUILER TEMPORARIO CON TERRAZA EN PALERMO.
Disfrutá de este monoambiente en un piso 7 muy luminoso, amoblado, que se destaca por su espectacular terraza propia de 7 mts2, ideal para momentos de relax o reuniones al aire libre.
Características:
* Monoambiente con gran espacio y luz natural.
* Balcon terraza exclusivo para disfrutar al aire libre.
* Baño completo con bañera.
* Cocina equipada y conexión para lavarropa.
* Equipado con aire acondicionado y estufa a gas.
* NO incluye ropa de cama ni toallas.
Edificio sin rampa para discapacitados.
Ubicación:
En una zona inmejorable, con acceso fácil a transporte, comercios y servicios.
Requisitos:
EL PRECIO ES MAS EXPENSAS Y MAS SERVICIOS.
(Expensas Agosto: $184.000)
Garantía propietaria de capital o provincias / Seguro de Caución - Demostración de ingresos - Deposito de garantía.
Contacta con nosotros para más información y para coordinar una visita.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Disfrutá de este monoambiente en un piso 7 muy luminoso, amoblado, que se destaca por su espectacular terraza propia de 7 mts2, ideal para momentos de relax o reuniones al aire libre.
Características:
* Monoambiente con gran espacio y luz natural.
* Balcon terraza exclusivo para disfrutar al aire libre.
* Baño completo con bañera.
* Cocina equipada y conexión para lavarropa.
* Equipado con aire acondicionado y estufa a gas.
* NO incluye ropa de cama ni toallas.
Edificio sin rampa para discapacitados.
Ubicación:
En una zona inmejorable, con acceso fácil a transporte, comercios y servicios.
Requisitos:
EL PRECIO ES MAS EXPENSAS Y MAS SERVICIOS.
(Expensas Agosto: $184.000)
Garantía propietaria de capital o provincias / Seguro de Caución - Demostración de ingresos - Deposito de garantía.
Contacta con nosotros para más información y para coordinar una visita.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.