Departamento · 53m² · 2 ambientes
alquiler
$ 1.100.000
Expensas $ 200.000
Av Triunvirato 3100 Piso 2 Dto 202, Villa Ortuzar, Capital Federal
Departamento Dos Ambientes, Alquiler, Villa Ortuzar, Amoblado, Amenities
DEPARTAMENTO DOS AMBIENTES AMOBLADO ALQUILER VILLA ORTUZAR
DEARTAMENTO TOTALMENTE AMOBLADO
MUY COMODO Y LUMINOSO
AIRE ACONDICONADO EN CADA AMBIENTE
EL EDIFICIO CUENTA CON SUM, SOLARIUM Y PISCINA
EN UBICACION DE PRIVILEGIO, A METROS DE LA UTN, FRENTE A SUPERMERCADO JUMBO CON SPORT CLUB
NUMEROSAS LINEAS DE COLECTIVOS EN CERCANIA Y SUBTE LINEA B ESTACION JUAN MANUEL DE ROSAS
NO ES ARBNB
CONTRATO MINIMO 1 AÑO, CON INCREMENTO TRIMESTRAL SEGUN IPC, GARANTIA PROPIETARIA O SEGURO DE CAUCION, INGRESOS COMPROBABLES
LEYENDA LEGAL PARA ALQUILER
Las medidas, superficies y demás características consignadas en la presente publicación son aproximadas y orientativas. Las superficies definitivas surgirán de la documentación correspondiente. Las fotografías e imágenes son ilustrativas y no contractuales. Los valores de expensas, impuestos y servicios están sujetos a modificación. En cumplimiento de la Ley 5859 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se informa que, para los casos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda, el monto máximo de comisión a cobrar al propietario será del 4,15 % del valor total del contrato y se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas humanas. En cumplimiento de la Ley 24.314, se informa que las condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida deberán ser consultadas y verificadas en cada caso particular. La presente publicación se encuentra a cargo de Lilian E. Kreimer, Corredora Inmobiliaria, CUCICBA Matrícula N.º 6315 – CMCPSI Matrícula N.º 6842. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la corredora matriculada responsable. Importante: La leyenda de la Ley 5859 corresponde a alquileres de vivienda en CABA. Para alquileres comerciales, temporarios o inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires, las condiciones legales y de honorarios deben adaptarse al tipo de operación y a la jurisdicción sujetos a modificación.
En cumplimiento de la Ley 5859 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se informa que, para los casos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda, el monto máximo de comisión a cobrar al propietario será del 4,15 % del valor total del contrato y se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas humanas.
En cumplimiento de la Ley 24.314, se informa que las condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida deberán ser consultadas y verificadas en cada caso particular.
La presente publicación se encuentra a cargo de Lilian E. Kreimer, Corredora Inmobiliaria, CUCICBA Matrícula N.º 6315 – CMCPSI Matrícula N.º 6842.
Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la corredora matriculada responsable.
Importante: La leyenda de la Ley 5859 corresponde a alquileres de vivienda en CABA. Para alquileres comerciales, temporarios o inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires, las condiciones legales y de honorarios deben adaptarse al tipo de operación y a la jurisdicción
© LEK Propiedades
Matrícula CUCICBA 6315
Matricula CMCPSI 6842
DEARTAMENTO TOTALMENTE AMOBLADO
MUY COMODO Y LUMINOSO
AIRE ACONDICONADO EN CADA AMBIENTE
EL EDIFICIO CUENTA CON SUM, SOLARIUM Y PISCINA
EN UBICACION DE PRIVILEGIO, A METROS DE LA UTN, FRENTE A SUPERMERCADO JUMBO CON SPORT CLUB
NUMEROSAS LINEAS DE COLECTIVOS EN CERCANIA Y SUBTE LINEA B ESTACION JUAN MANUEL DE ROSAS
NO ES ARBNB
CONTRATO MINIMO 1 AÑO, CON INCREMENTO TRIMESTRAL SEGUN IPC, GARANTIA PROPIETARIA O SEGURO DE CAUCION, INGRESOS COMPROBABLES
LEYENDA LEGAL PARA ALQUILER
Las medidas, superficies y demás características consignadas en la presente publicación son aproximadas y orientativas. Las superficies definitivas surgirán de la documentación correspondiente. Las fotografías e imágenes son ilustrativas y no contractuales. Los valores de expensas, impuestos y servicios están sujetos a modificación. En cumplimiento de la Ley 5859 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se informa que, para los casos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda, el monto máximo de comisión a cobrar al propietario será del 4,15 % del valor total del contrato y se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas humanas. En cumplimiento de la Ley 24.314, se informa que las condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida deberán ser consultadas y verificadas en cada caso particular. La presente publicación se encuentra a cargo de Lilian E. Kreimer, Corredora Inmobiliaria, CUCICBA Matrícula N.º 6315 – CMCPSI Matrícula N.º 6842. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la corredora matriculada responsable. Importante: La leyenda de la Ley 5859 corresponde a alquileres de vivienda en CABA. Para alquileres comerciales, temporarios o inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires, las condiciones legales y de honorarios deben adaptarse al tipo de operación y a la jurisdicción sujetos a modificación.
En cumplimiento de la Ley 5859 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se informa que, para los casos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda, el monto máximo de comisión a cobrar al propietario será del 4,15 % del valor total del contrato y se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas humanas.
En cumplimiento de la Ley 24.314, se informa que las condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida deberán ser consultadas y verificadas en cada caso particular.
La presente publicación se encuentra a cargo de Lilian E. Kreimer, Corredora Inmobiliaria, CUCICBA Matrícula N.º 6315 – CMCPSI Matrícula N.º 6842.
Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la corredora matriculada responsable.
Importante: La leyenda de la Ley 5859 corresponde a alquileres de vivienda en CABA. Para alquileres comerciales, temporarios o inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires, las condiciones legales y de honorarios deben adaptarse al tipo de operación y a la jurisdicción
© LEK Propiedades
Matrícula CUCICBA 6315
Matricula CMCPSI 6842
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