Departamento · 40m² · 2 ambientes
alquiler
$ 680.000
Expensas $ 146.000
Alfredo R. Bufano 700, Flores, Capital Federal
2 Ambientes Luminoso con Balcon
Corredor Responsable: Claudio Rudecindo CMCPSI 6807 / Cristian Arnal Ponti CPI 3570 -
Contacto: Alicia Girbal
DOS AMBIENTES CON BALCON PISO ALTO
EXCELENTE DOS AMBIENTES CON BALCON Y VISTA ABIERTA EN PISO 23 .
LIVING AMPLIO CON PISOS CERAMICOS SIMIL MADERA
BALCON AMPLIO
COCINA SEPARADA CON HORNO A GAS . MESADA DE MARMOL
LAVADERO SEPARADO
DORMITORIO CON PLACARD VISTA ABIERTA
BAÑO COMPLETO DE EPOCA
TIRO BALANCEADO EN LIVING.
DOS ASCENSORES.
ENCARGADO
TOTEM DE SEGURIDAD.
EXPENSAS $
CONDICION DE ALQUILER GTIA PROPIETARIA . CONSTATACION DE INGRESOS. O SEGURO DE CAUCION
Los metros aquí publicados son aproximados. Los reales surgen de la escritura. Esta publicidad respeta lo establecido en el art. 4 y 8 de la ley 24.240 En cumplimiento de las leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.
La venta queda sujeta al cumplimiento por parte del propietario de lo establecido por la Resolución General Nº 2371 de AFIP (COTI).
El equipo Remax a cargo de los profesionales matriculados C. Arnal Ponti C.P.I. 3570 / Claudio Rudecindo CSI 6807 ofrece esta propiedad.
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.
Contacto: Alicia Girbal
DOS AMBIENTES CON BALCON PISO ALTO
EXCELENTE DOS AMBIENTES CON BALCON Y VISTA ABIERTA EN PISO 23 .
LIVING AMPLIO CON PISOS CERAMICOS SIMIL MADERA
BALCON AMPLIO
COCINA SEPARADA CON HORNO A GAS . MESADA DE MARMOL
LAVADERO SEPARADO
DORMITORIO CON PLACARD VISTA ABIERTA
BAÑO COMPLETO DE EPOCA
TIRO BALANCEADO EN LIVING.
DOS ASCENSORES.
ENCARGADO
TOTEM DE SEGURIDAD.
EXPENSAS $
CONDICION DE ALQUILER GTIA PROPIETARIA . CONSTATACION DE INGRESOS. O SEGURO DE CAUCION
Los metros aquí publicados son aproximados. Los reales surgen de la escritura. Esta publicidad respeta lo establecido en el art. 4 y 8 de la ley 24.240 En cumplimiento de las leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.
La venta queda sujeta al cumplimiento por parte del propietario de lo establecido por la Resolución General Nº 2371 de AFIP (COTI).
El equipo Remax a cargo de los profesionales matriculados C. Arnal Ponti C.P.I. 3570 / Claudio Rudecindo CSI 6807 ofrece esta propiedad.
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.
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