Departamento SOLO USO PROFESIONAL de tres ambientes al frente en septimo piso en edificio de 40 años. Ingreso nos conecta con la living comedor, balcón Aterrazo en L, dos dormitorio, baño completo y cocina sepada. La propiedad se encuentra ubicada a tres cuadras de la Av. Triunvirato, próxima a las estaciones de tren y subte de la Linea "B" con variedad de trasportes y excelente conectividad a todos los puntos de la ciudad, en el barrio de Saavedra R. ABL $ - Aysa: $. Accesible: No (Ley 5.115).
Requisitos:
-Demostracion de ingresos
-Garantia propietaria de CABA o seguro de caución.
-1 mes de deposito del ultimo semestre
-1 mes de alquiler por adelantado
-Contrato de 3 años-Honorarios profesionales
--Comercializa Marcela Genta Propiedades CUCICBA 3906--
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
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Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de impuestos, tasas, servicios y expensas aquí indicados están sujetos a verificación por parte del potencial comprador. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la R.G. N° 2371/07 COTI.
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Art. 5°, Ley 5859 (inc.9 del art. 10, Ley 2340). Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. Art. 4°, Ley 5859 ( inc. 8, art.10, Ley 2340).