A más de un mes de publicarse, la normativa todavía no entró en vigencia. Advierten que la lentitud para entrar en funcionamiento desalienta a los inversores.
La ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda se publicó hace más de un mes en el Boletín Oficial. Sirve para diferir el pago de impuestos para quienes inviertan en obras en construcción y habilita el blanqueo para la compra de dichas propiedades. Lo cierto es que la segunda ola de COVID parece haber postergado su reglamentación y, si bien el anuncio es festejado por el sector de la construcción, esperan que pueda implementarse lo antes posible para agilizar a un mercado fuertemente golpeado por la pandemia.
“Hay que tener en cuenta que se reglamentó solo una parte de la ley, todavía falta el okey para todo lo operativo de la normativa. Por lo que aún no se puede abrir una cuenta con el banco, algo clave para blanquear el dinero”, explica Damián Tabakman, presidente de la Cámara Empresaria de Desarrollos Urbanos (CEDU).
Para el especialista, la noticia es positiva y generará dinamismo en el sector. Sin embargo, hay un dato no menor a tener en cuenta “la normativa establece un plazo de 60 días para regirse bajo la alícuota del 5%“. Lo cierto es que ese plazo ya empezó a correr y esas demoras desalientan al mercado”, advierte Tabakman.
La nueva ley, promulgada el pasado 12 de marzo, establece que quienes blanqueen dinero dentro de los primeros 60 días pagarán un impuesto especial del 5% del monto sincerado; hasta el día 90, la alícuota asciende al 10%, y escala hasta el 20% para aquellos que ingresen al régimen hacia el final de los cuatro meses que durará el blanqueo.
Ahora bien: esos son los plazos para depositar el dinero a sincerar en las cuotas bancarias especiales para este fin, aunque el inversor tiene tiempo hasta fines del 2022 para comprar un inmueble en pozo con ese dinero.
“El contexto de pandemia no ayuda. Entendemos que la emergencia sanitaria generó demoras, pero esperamos que se pueda establecer algún tipo de prórroga”, subraya Tabakman.
Con la nueva ley, se pretenden blanquear U$S 5000 millones en el mercado de la construcción. Además, descargar impositivamente a los futuros compradores. Aquellos que inviertan en un departamento en construcción no deberán abonar Bienes Personales hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive. Y quienes ya tengan otros bienes podrán computar el equivalente al 1% del valor de esas inversiones como pago a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales.
Para Esteban Edelstein Pernice, director de Castex Propiedades, el blanqueo es “una muy buena oportunidad y una gran noticia para el sector, más allá de la coyuntura actual”. Remarca que la mayoría de los interesados en sincerar dinero buscan entrar dentro de la alícuota del 5%, no obstante “los plazos se acortan y muchos clientes esperan una prórroga”.
Si bien la segunda ola de COVID genera incertidumbre en el sector, Edelstein Pernice no considera que influya en la decisión de los inversores. “Es clave que se reglamente, hay mucho interés y es una gran oportunidad para quienes tienen dinero no declarado”, sostiene.
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Y si bien todavía no se pueden cerrar operaciones, el movimiento ya se evidencia en las desarrolladoras y constructoras. “El blanqueo ya está impactando, la gente está consultando, son aquellos que vienen interesados en comprar en pozo y con esta ley se terminan de decidir. A la fecha, tenemos 24 reservas que están sujetas a que el blanqueo califique para el emprendimiento”, indica Martín Boquete, director de Emprendimientos de Toribio Achaval.
“Esperamos que las reglamentaciones que faltan carguen la responsabilidad sobre el desarrollador y no sobre el blanqueador de dinero, para que sea una medida tentadora. El sinceramiento va a terminar de definir decisiones de compra”, añade Boquete.
Finalmente, llegó a una conclusión en relación a los plazos de la normativa: “Todas las consultas que tenemos son por el 5%, ninguno quiere pagar más de ese porcentaje. Por eso, sería importante que exista una prórroga para que los días corran a partir de la reglamentación y no de la ley propiamente dicha”.
Imagen principal: StevenStorm para Pexels
Por: Belén Fernández.